11 de abril de 2011

Intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico ...


El Consejo Europeo ha adoptado su posición en primera lectura sobre un proyecto de Directiva por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico a fin de mejorar la seguridad vial y por la que se garantiza un mismo trato a los conductores, independientemente de su país de residencia (17506/10 + 7384/1/11 ADD 1 REV 1).
Dicha posición, junto con la exposición de motivos del Consejo (17506/10 ADD 1 REV 1), se mandarán ahora al Parlamento Europeo, para una segunda lectura.

Este proyecto de Directiva tiene por objeto que un Estado miembro en que se haya cometido una infracción con un vehículo matriculado en otro Estado miembro pueda identificar al poseedor del vehículo e investigar quién es la persona responsable de la infracción, de modo que puedan imponerse sanciones. A tal efecto, los Estados miembros se permitirán recíprocamente el acceso a los datos de matriculación de vehículos, de modo que pueda identificarse al poseedor o propietario del vehículo con el que se ha cometido la infracción.

Las infracciones de tráfico contempladas en este proyecto de Directiva son:

    •Exceso de velocidad

    •No utilización del cinturón de seguridad

    •No detención ante un semáforo en rojo

    •Conducción en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas

    •No utilización del casco de protección

    •Circulación por un carril prohibido (como carriles de emergencia o de transporte público)

    •Utilización ilegal de un teléfono móvil durante la conducción


La lista podría ampliarse en un futuro.
En razón de su posición jurídica especial en materia de cooperación policial, según lo establecido en el Tratado de Lisboa, Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido no participarán, por el momento, en esta medida basada en disposiciones del Tratado en materia de cooperación policial, si bien podrán considerar más adelante la posibilidad de participar en ella.