24 de octubre de 2012

Principios del comportamiento vial (y 4): la responsabilidad



Recordad que habíamos dicho que el hecho de conocer y cumplir las normas es la garantía fundamental para la seguridad de todos los que compartimos el mismo escenario vial cuando hablábamos de la confianza; después, vimos la previsión, o lo que es lo mismo, anticiparse a cualquier obstáculo o situación que pueda sorprendernos sin alterar nuestra capacidad de actuación para evitar cualquier incidente vial y por último, tener la seguridad, es decir, la concentración necesaria de nuestras facultades físicas y psíquicas para un correcto dominio de las actividades que requiere la conducción y así dar la respuesta adecuada.
Pues bien, hoy, terminamos esta serie de artículos sobre los principios del comportamiento vial que nos afectan a todos, especialmente a conductores y peatones, dentro del fenómeno del tráfico con la responsabilidad. De esta forma sabremos diferenciar los cuatro principios unidos a su vez por un denominador común: la conducta al volante.

La conducción es una tarea de responsabilidad
La sociedad nos otorga la convicción de que cuando nos subimos a un vehículo o cuando circulamos como peatones todos somos responsables de nuestros actos. Cuando se toman decisiones erróneas o cuando nos comportamos de manera irresponsable en el ámbito vial se rompe la seguridad en la circulación. (Programa de intervención, sensibilización y reeducación vial)
El principio de responsabilidad se basa en el cumplimiento por parte de conductores y peatones de la normativa existente, evitando ser un peligro u obstáculo a los demás usuarios de la vía, con un comportamiento adecuado en cada momento y asumiendo las consecuencias de sus propios actos. El aspirante a conductor debe formarse debidamente para asumir que el hecho de conducir y después circular con el vehículo es una tarea de responsabilidad,
De hecho, la responsabilidad en la conducción viene recogida en el Reglamento General de Conductores, al referirse a la expedición de los permisos de conducir, incluyendo las antiguas licencias de conducción, así como los deberes de los titulares de los distintos tipos de autorizaciones para conducir.
Por tanto, este principio de responsabilidad ha de hacernos reflexionar sobre la especial relevancia que tiene el factor humano en la explicación no sólo de cualquier siniestro vial que ocurra, sino de todo el fenómeno del tráfico. Además, añado que más allá del principio de responsabilidad, y que vimos con ejemplos cuando hablábamos de la respuesta adecuada, el elemento humano es capaz de prever y afrontar con éxito muchas circunstancias.

Cuando la actitud y aptitud se mezcla en la formación vial
1. El titular de un permiso o de una licencia de conducción, así como de cualquier otra autorización o documento que habilite para conducir, deberá hacerlo con sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones respecto de las personas, vehículos o de circulación que, en su caso, figuren en el permiso o licencia de conducción… 
2. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia de conducción, así como cualquier otro documento o autorización que, de acuerdo con la normativa vigente, necesite para poder conducir. Estos documentos deberán ser válidos, estar vigentes y se deberán exhibir ante los agentes de la autoridad que lo soliciten. (Artículo 3 del Reglamento General de Conductores)
Es importante, pues, generar y transmitir un sentimiento auténtico de responsabilidad personal, donde la identificación del riesgo vial tiene que ser prioritaria y presumible. A su vez nuestra responsabilidad como conductores ha de hacernos conscientes de que la clave para lograr una mayor seguridad en la circulación está en nuestras propias manos la mayoría de la veces, tengamos o no experiencia, porque lo que vale es asumir el rol de conductor desde el principio, desde cuando nos dan carta blanca para conducir con independencia de quien pueda considerarse en último término responsable del riesgo o incidente que con ocasión del tráfico se ha originado.
Por otro lado sería conveniente, hacer comprender a nuestros legisladores y a su vez hacer llegar a la sociedad, que para obtener un permiso de conducir, desde los conocimientos que se adquieren tras obtener el permiso de ciclomotor hasta un permiso profesional, el aspirante debe recibir una enseñanza específica y sin olvidar las clases teóricas necesarias relacionadas con las actitudes y aptitudes, para que pueda llegar a comprender, interiorizar y hacerse suya, la práctica de la responsabilidad en la conducción.
¿Por qué la formación vial no contempla la posibilidad de dar el curso de recuperación de puntos a los aspirantes al permiso de conducir de la clase B, por ejemplo? ¿Habrá que empezar por la formación adecuada sobre las actitudes y comportamientos en la conducción a los principiantes? En definitiva, todo es cuestión de confianza, previsión, seguridad… pero sobre todo de responsabilidad, de nuestra capacidad para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente.
Fuente: Circula seguro