3 de febrero de 2016

¿SABÍAS QUE...

…Los cuadriciclos ligeros matriculados como ciclomotor están obligados a circular por el arcén? 

El artículo 36 del Reglamento General de Circulación obliga a circular por el arcén a vehículos de tracción animal, vehículos especiales de MMA no superior a 3.500 kg., ciclos, ciclomotores (incluye los de 2 ruedas, los triciclos de 3 ruedas y los CUADRICICLOS DE 4 RUEDAS CUANDO ÉSTOS ESTÉN MATRICULADOS COMO CICLOMOTOR), vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos en seguimiento de ciclistas.