A la hora de comprar un coche de segunda mano u
ocasión, toda precaución es poca para evitar que nos estafen o compremos un
vehículo sobre el que pese una orden de embargo.
A continuación indicamos algunos puntos a tener en
cuenta para evitar situaciones no deseadas cuando realizamos una operación de
este tipo.
¿Es posible que en Tráfico hagan la transferencia de un
vehículo embargado?
Antes de comprar un vehículo conviene acudir a la
Jefatura provincial de Tráfico antes de nada a solicitar el historial del
mismo. Sólo habrá que rellenar un impreso indicando la matrícula y pagar la
tasa que tráfico cobra por ese informe, que es de unos 8€.
Sin embargo, es posible que ese historial del coche
parezca que está todo correcto, y posteriormente sea anotada una orden de
embargo más antigua o una reserva de dominio, antes de solicitar la
transferencia.
Al llevar la documentación del vehículo a Tráfico
para hacer la transferencia, en caso de que sobre éste pesara un embargo, la
Jefatura de Tráfico efectuará el cambio de titularidad igualmente sin avisar
previamente al comprador.
Modificarán por tanto la titularidad en el permiso
de circulación, y una vez hecho y sin posibilidad de rectificación, le
entregarán conjuntamente con el Permiso la notificación de la existencia del
embargo al comprador, con el consiguiente disgusto para el mismo.
¿Qué hacer en caso de haber comprado un vehículo con embargo?
Si se viera en esta situación tendría que demostrar
que es un tercero adquirente de buena fe. Para ello el procedimiento judicial
adecuado es ejercer una tercería de dominio, por la que habría que acreditar
que se es propietario del vehículo antes de que se anotara el embargo y
solicitar que se dirija éste contra otros bienes del deudor.
Otra forma más rápida y menos costosa sería ponerse
en contacto directamente con el juez que ordenó el embargo (lo notifica
Tráfico, o sino el Juzgado directamente) para notificarle que somos adquirentes
de buena fe, y que no hay fraude de acreedores.
¿Y si el vehículo tuviera Reserva de dominio?
En este caso no se podrá realizar la transferencia
hasta que se acredite la cancelación de la inscripción de la reserva en el
Registro de Bienes Muebles, o conste el consentimiento del acreedor.
En el caso de que el vehículo hubiera sido
financiado con el banco por el anterior propietario, las entidades financieras
suelen efectuar la Reserva de dominio del coche para evitar que éste se venda o
cambie de titular sin haber cancelado previamente el préstamo.
Para levantar la reserva, habría que cancelar la
deuda pendiente y el banco se encargaría de realizar la notificación por la que
de permiso para quitarla, teniendo para ello que presentar dicho escrito en el
Registro de Bienes Muebles.
¿Y si el vehículo tuviera un precinto?
En caso de que le vehículo tuviera un precinto, la
Jefatura de Tráfico realizará la transferencia pero no le harán entrega del
nuevo nuevo permiso de circulación al comprador, sino que le entregarán la
notificación de la existencia de dicho precinto.
En cualquier caso, la transferencia quedará
realizada, así que la Jefatura de Tráfico aparte de notificar dicho precinto al
nuevo titular, deberá informar a la autoridad que ordenó el precinto de la
identidad y domicilio del nuevo adquirente.
Mientras este precinto no sea cancelado, la
Jefatura de Tráfico no expedirá el nuevo permiso o licencia de circulación.
¿Cómo evitar estas situaciones?
Para evitar todos estos problemas, antes de
efectuar el pago del vehículo de segunda mano o de ocasión que nos interese,
conviene adoptar las máximas precauciones.
Para ello, además de solicitar el Historial del
coche al Registro de Vehículos de Tráfico, es aconsejable la consulta en el
Registro de Bienes Muebles, ya que éste nos facilitará toda la información
sobre embargos o reservas de dominio inscritas en el mismo.