1 de abril de 2011

Que el buen tiempo no acabe en tragedia


Hace un par de fines de semana perdieron la vida en la carretera nueve motoristas. Una sola víctima no tiene sentido, pero nueve en un fin de semana invita a pararse y reflexionar que es lo que ha ocurrido y que podemos hacer para intentar que no se vuelva a repetir.

El 19 y 20 de marzo podemos decir que fue el primer fin de semana que hemos tenido primaveral en toda España después de unas cuantas semanas pasadas por agua y con mal tiempo. Los motoristas siempre se han caracterizado por parecerse a las lagartijas pues en cuanto hay un rayo de sol salen a la carretera. Sin embargo, este ansia por disfrutar el fin de semana con tus compañeros puede convertirse en tragedia.

Es bastante frustrante, pasarse fin de semana tras fin de semana sin poder disfrutar de vuestro hobby preferido porque el tiempo no acompaña. 
Aunque a mucha gente el tiempo no les evita disfrutar de la moto, si hay gente que prefiere disfrutarla con buenas condiciones. Pero estos conductores pueden pasarse largos periodos sin coger su vehículo y circular con la moto es algo muy físico y entra en juego directamente como se encuentren física y mentalmente.

Dos meses sin rodar produce que te encuentres más torpe y hayas perdido práctica y confianza. Eso sin hablar de que tendrás que hacerle una revisión mucho más a fondo a tu moto: ruedas, presiones, cadena, suspensiones, frenos, refrigerante, etc…

Esos fines de semana se juntan el hambre con las ganas de comer. Os vuelve a reunir con los compañeros de salida y aparece esa competitividad que debería quedar en casa para jugar a la consola y nunca acompañaros en la carretera. Quereis demostrar que seguís siendo muy rápidos y controlais muchísimo, pero sin entrenamiento los atletas no rinden al mismo nivel, y aquí no tos juegais una medalla, os juegais la vida.

Es por ello que hay que recapacitar y aprovechar esos primeros días para volver a rodarnos y coger soltura. Que el ansia no pueda con nosotros. Por lo que las palabras de Pere Navarro no pueden estar más acertadas en este caso:

"Las cifras son una cosa, pero detrás hay alguien que ha salido con unos amigos en moto y luego la familia recibe la llamada de la Policía Local o de la Guardia Civil comunicándole que se ha matado.
Está muerto, se ha acabado todo y después del accidente nada es igual."
 
Fuente: Circula Seguro...

Farmacias de guardia mes de Abril

De nuevo, otro mes en la columa de la derecha de este Blog, se inserta el listado de guardias de las farmacias para el presente mes de ABRIL.

Estos son los horarios de apertura y atención al público:

Farmacia ubicada en la CALLE ROSARIO,7:
- De LUNES a VIERNES: estará ABIERTA ININTERRUMPIDAMENTE desde las 09’30 horas hasta las 21’30 horas

- Los SÁBADOS : estará ABIERTA:- desde las 09’00 horas y las 14’00 horas- desde las 17’00 horas y las 20’00 horas.

Farmacia ubicada en la AVENIDA CONSTITUCIÓN, 5
- De LUNES a VIERNES :- de 09’30 horas a 14’00 horas- de 17’30 horas a 20’30 horas.

Todos los días en el horario comprendido entre las 22'00 horas y las 10'00 horas estará de guardia la farmacia que se indica en el calendario adjunto


Las FARMACIAS DE GUARDIA se encontrarán en las siguientes localidades:

- ENGUERA (C/ Rosario, 7)
- ANNA (Plaza Constantina, 3)
- CHELLA (Avenida Constitución, 64)
- BOLBAITE (C/ Honda, 16)

Los días de guardia estarán indicados en lugar visible en:

-El Centro de Salud
-En el Ayuntamiento
-En AMICS
-En dependencias Policiales

EN CASO DE DUDA, PUEDE LLAMAR A ESTA POLICIA LOCAL LA CUAL LE INFORMARÁ DE LA FARMACIA QUE ESTÁ DE GUARDIA Y DE SU UBICACIÓN

31 de marzo de 2011

Circular por las rotondas

Los conductores españoles siguen sin entender las normas de circulación en plazas de sentido giratorio, aunque es cierto que cada día son más los que van comprendiendo cómo se hace.

Recordemos que siempre tiene preferencia el que circula por dentro sobre el que va a entrar. Una vez dentro no podemos andar cambiando de carril a lo loco, lo haremos con seguridad. Cuando salgamos hay que cederle el paso a los vehículos que circulan por los carriles exteriores. Saldremos por los carriles exteriores y señalizaremos siempre la salida de la rotonda.

Y si sufrimos un accidente mantendremos la calma, y rellenaremos el parte amistoso una vez retirados los vehículos. Si el accidente es grave debe presentarse la policía.

Veamos como se debe circular en las rotondas:

29 de marzo de 2011

Conducir sin carnet, o cómo jugar con fuego


Ya hemos hablado de la necesidad de circular amparados por el seguro del coche, porque ante la menor eventualidad podemos meternos en un lío bastante gordo como ocasionemos perjuicios a terceros. Pero en ese supuesto, hablamos de gente que no tiene el permiso de conducir.

Hay una variedad más extrema de este juego de ruleta rusa, que es conducir sin carnet y por supuesto sin seguro. Aunque el coche esté asegurado, no se puede conducir sin carnet, es un delito contra la seguridad vial desde hace tiempo, y las consecuencias no son agradables. Nunca sabemos cuándo puede pararnos un agente.

De toda la vida ha habido gente que ha conducido sin pisar la autoescuela. Unos lo han hecho de adolescentes, otros mientras no han podido costearse la formación y otros por motivos diversos. Algunos de esos conductores han aprobado con cierta facilidad el carnet, incluso con pocas clases prácticas.

Todos los que tenemos el permiso hemos pensado en alguna ocasión que lo de los carnets es un incómodo proceso burocrático en el que solo te enseñan a circular y a pasar un examen… Bueno, y otras cosas que no se aprecian bien.

De profesor de autoescuela nos puede tocar un buen profesional o un mal profesional, pero un padre, un hermano, o un tío… no son un profesor de autoescuela (a menos que se ganen la vida así). El profesor, aparte de ser un posible compañero incómodo, está atento a todo lo que hacemos y al exterior, no va simplemente calentando el asiento. Verá lo que nosotros no vemos y puede evitar un accidente con solo tocar los pedales.

Aunque se nos trate de enseñar con la mejor intención, se nos enseñará mal. Un conductor con vicios nos pegará los suyos, habrá varias lagunas del código de circulación que no conoceremos y estaremos literalmente desnudos ante una situación comprometida que antes no hemos contemplado ni nuestros improvisados profesores con parentesco o afinidad.

No hay justificación alguna para conducir sin pasar por la autoescuela. Alguno dirá que así se aprueba antes y por menos dinero. En todo caso se gana algo de soltura y confianza, pero con malas bases. También hay gente que ha conducido sin carnet, y cuando va a la autoescuela, le toca aprender otra vez y el ahorro económico se esfuma.

Por aprender a cambiar de marchas, aparcar y a mover el volante uno no está capacitado para conducir o para aprobar el examen, gente que reúne esas mínimas habilidades suspende el práctico todos los días. Se tiene que tener un notable dominio de la jerga vial, las señales, las situaciones que pueden aparecer… y además de todo eso, algo de suerte.

Lo que la suerte da, la suerte puede quitar, existe la mala suerte. Puede que en determinados lugares la vigilancia parezca inexistente, problema es cuando la hay, o cuando haya un pequeño accidente y ni siquiera sea nuestra culpa. Estaríamos en el momento y lugar inadecuados, y sin el amparo del seguro. Horror.

El papeleo y el papelito tienen su razón de ser, y son un mal necesario. Los conductores sin carnet son un cáncer para la seguridad vial, y ellos quizás no lo saben, porque pensarán que ya saben conducir mejor que muchos “novatos”. Todos hemos sido “novatos”, pero no todos nos hemos “pasado de listos”.

No pediremos a nadie que delate a amigos, familiares o allegados que van sin carnet ante la policía, eso sería excesivo, pero seguro que hay alguna forma de hacerles ver que lo que están haciendo no solamente es ilegal, es correr un riesgo altísimo por mucho que ellos controlen o crean controlar.

Fuente: Circula Seguro...

28 de marzo de 2011

Más de un millón de vehículos, sin seguro ....

En España hay matriculados unos 31 millones de vehículos y, por lo que afirma el Tribunal de Cuentas, más de un millón de ellos circula sin ningún tipo de seguro. Al parecer, existe un gran desfase entre los números que maneja la DGT y los que maneja el Consorcio de Compensación de Seguros.

Aunque es más que probable que no todo el diferencial se pueda atribuir a vehículos sin asegurar, el dato es significativo si tenemos en cuenta que circular sin seguro representa un problema para todo el mundo: para quien no lo contrata, también para el que sufre una colisión contra un vehículo sin asegurar y para quienes deben costear la broma.

Circular sin seguro es un acto de irresponsabilidad. Esto que digo no es peyorativo, sino descriptivo. El conductor es responsable de los daños ocasionados a personas y bienes “con motivo de la circulación”, como dice la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, pero como se da la circunstancia de que algunos hechos de la circulación ocasionan graves daños que un bolsillo particular es incapaz de costear resulta aconsejable, y además obligatorio, suscribir un seguro que se haga cargo de cubrir esos daños.

Por eso incumplir la obligación de asegurar el vehículo es un acto de irresponsabilidad. Si el conductor es responsable de sus actos pero resulta incapaz de cubrir los daños que pueda ocasionar…

“Ah, pero eso es sólo si pasa algo”, dirá algún avispado. Bien, que levante la mano aquel que algún día haya tenido que rellenar un parte amistoso y que ese mismo día al levantarse hubiera pensado: “mira, hoy me voy a pegar un leñazo contra otro coche”. Salvo ese 2,6% de siniestros graves en que sus protagonistas buscaban el suicidio y algún que otro cafre más, dudo que haya un solo conductor que lleve apuntado en su agenda algo como “hoy me la pego”.

Vale, es absurdo pensar que estamos condenados a sufrir un siniestro en el asfalto, pero de la misma forma que resulta absurdo lanzarse a la carretera pensando que nunca va a ocurrir nada. Aunque dominemos los factores de riesgo y seamos preventivos, nuestros vecinos de viaje siempre nos pueden sorprender.

Por pura probabilidad, estamos expuestos a sufrir un percance, y ese riesgo será tanto mayor cuanto más superadas queden nuestras capacidades por la realidad que nos rodea. Y, desde luego, si las exigencias que nos imponen la vía y el tráfico nos superan sistemáticamente a nosotros mismos o a las condiciones de nuestro vehículo, el siniestro llegará en un momento u otro; de otra manera, es que estamos abusando de la confianza de la diosa Fortuna.

En cualquier caso, más vale que llevemos los papeles en regla. Los conductores noveles dicen que les cobran mucho por su condición de conductor novel, ya que los datos indican que el conductor joven es la estrella de la siniestralidad vial. “Las aseguradoras son empresas, no ONG, así que si queréis seguros más baratos – haced lo posible por que estas estadísticas den un giro, dicen estas últimas.”

En cualquier caso, la solución nunca puede ser dejar de asegurar el vehículo. Si a mí me dan un golpe con un vehículo sin asegurar, lo que menos me va a apetecer, después de que se me lleven el coche al taller y a mí al hospital, es tener que peregrinar para que alguien responda por esos daños. Además de ser una irresponsabilidad por parte del otro, me parecería una canallada.

Fuente : Circula Seguro..

26 de marzo de 2011

Conductores nóveles ... Cambio en el lìmite de velocidad


•Orden PRE/629/2011, de 22 de marzo, por la que se modifican los Anexos XI y XII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

•Desparece la prohibición de no superar los 80 km/h.

•Se mantiene la de llevar la señal con la ‘L’ señal V-13.

•La señal V-13 «Conductor novel» tiene por finalidad indicar que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad.


El Anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, recoge la señal V-13, sobre «Conductor novel», cuya finalidad es indicar que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad.

En su apartado segundo se determina que los conductores de los vehículos que deban llevar esta señal no podrán circular a velocidad superior a 80 kilómetros por hora, sin perjuicio de que deban respetar las velocidades inferiores establecidas en razón de otras condiciones personales del conductor, del vehículo o de la vía.

Esta limitación de velocidad para los conductores noveles de 80 kilómetros por hora durante su primer año de conducción se estableció en el año 1974, cuando existían unas condiciones en las vías públicas, en los vehículos y en la calidad de la enseñanza sobre seguridad vial muy diferentes a las de ahora.

En aquel momento, la red de carreteras principales contaba con muy pocas autopistas y autovías y las carreteras secundarias tenían un firme muy deteriorado y con escasas conexiones principales. Por el contrario, en la actualidad en España hay más de 12.000 kilómetros de carreteras principales, autovías y autopistas, que se han construido utilizando las últimas técnicas en materiales y trazado, lo que contribuye a que sean más seguras.

La nueva red de carreteras, constituida en gran parte por autopistas y autovías, deja obsoleta la limitación de velocidad en 80 kilómetros por hora para los conductores noveles. Resulta un contrasentido que en las autopistas y autovías, en las que no se puede circular a menos de 60 kilómetros por hora, por motivos de fluidez del tráfico, se obligue a determinados conductores a circular a una velocidad solo ligeramente superior.

Por lo que se refiere a los vehículos, no disponían de los dispositivos de seguridad activa y pasiva de los que van provistos los vehículos actuales. Estos deben estar homologados de acuerdo con una normativa técnica muy estricta reglamentada a nivel europeo, que garantiza un nivel de seguridad para sus ocupantes y los demás usuarios de la vía, que evoluciona constantemente al efecto de mejorar la seguridad de los usuarios de los vehículos y de los demás usuarios de las vías públicas.

Los formadores en seguridad vial tienen un nivel de preparación mucho más alto que antes, estando sometidos a un reciclaje continuo, lo que da lugar a que la formación de los aspirantes a obtener el permiso de conducción sea de gran calidad y contribuya a incrementar la seguridad vial.

Por otra parte, se han adoptado determinadas medidas dirigidas a los conductores noveles para someterlos a una mayor vigilancia por su especial vulnerabilidad, como son el establecimiento de una tasa de alcoholemia de 0,15 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, inferior al general de 0,25 miligramos por litro, y la asignación inicial de menos puntos en el permiso de conducción ya que se les atribuye ocho en lugar de los doce generales.

Los cambios y las medidas que se han citado han puesto de manifiesto que en la actualidad carece de sentido mantener el límite de velocidad a 80 kilómetros por hora para los conductores de vehículos con un permiso de conducción con menos de un año de antigüedad, y ha dado lugar a la aprobación, por unanimidad de todos los Grupos Parlamentarios, de una Proposición no de Ley en el Congreso de los Diputados instando al Gobierno a adoptar las medidas para dejar sin efecto este límite.

Aunque se suprime el indicado límite de velocidad, se considera importante seguir manteniendo la obligación de llevar en el vehículo la señal V-13, toda vez que permite identificar al conductor novel. Este no tiene todavía suficiente experiencia en la conducción, lo que puede quedar reflejado en la realización de algunas maniobras. Cuando los demás conductores observan un vehículo con la citada señal, tienen un mayor nivel de comprensión con el conductor novel, circunstancia que contribuye a protegerle y a mejorar la seguridad vial en general.

Mediante esta Orden también se adapta lo dispuesto en la señal V-13 sobre los supuestos en los que se prolonga el período de un año durante el que se debe llevar la misma, a las modificaciones del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, realizadas por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, en materia sancionadora, que elimina la suspensión del permiso de conducción, y por la Ley 17/2005, de 19 de julio, reguladora del permiso y la licencia de conducción por puntos, que amplía la posibilidad de pérdida de vigencia de la autorización administrativa a los casos de pérdida de todos los puntos asignados

25 de marzo de 2011

Bebedores y delincuentes ocasionales, principales 'criminales' de la carretera


La fiscalía traza el perfil de los conductores que cometen las peores infracciones
Adictos al alcohol y a las drogas, delincuentes ocasionales o asociales, es decir, aquellos que proyectan en la conducción su desdén hacia la sociedad. Los criminales de tráfico encajan en uno de estos tres perfiles, según los datos de un proyecto piloto de la Fiscalía de Seguridad Vial y el grupo de criminología de la Universidad Miguel Hernández (Elche).

El trabajo está basado en dictámenes periciales de conductores infractores multirreincidentes, y de aquellos que cometen delitos muy graves. "La figura más difícil de valorar es la del bebedor habitual, que no es "alcohólico" pero "incide sistemáticamente en delitos de conducción embriagada", explica el fiscal de Sala de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas.

Los automovilistas peligrosos serán evaluados por criminólogos
La Fiscalía de Seguridad Vial propone la elaboración de dictámenes periciales criminológicos en los delitos más graves de tráfico y en los cometidos por reincidentes, para valorar así el riesgo y la peligrosidad de que vuelvan a cometerlos. Por el momento el proyecto solo se ha puesto en práctica en Elche, aunque la fiscalía propone extenderlo a toda España, según expuso ayer Vargas durante su presentación, a la que también acudieron los fiscales delegados de Alicante y el adscrito de Elche, Pablo Gómez y José Antonio Artiega; así como los criminólogos y policías y que han participado en la experiencia.

Estos informes, que ya se emplean en los casos de violencia machista, son "una herramienta muy útil" que orientará a fiscales y jueces en las condenas más adecuadas a los conductores que delinquen, según Vargas. De esta manera, los jueces podrán elegir entre el amplio abanico de condenas que recoge la última reforma del Código Penal -prisión, multas o trabajos para la comunidad, y medidas accesorias como el comiso del vehículo- , y podrá adoptar medidas cautelares como la retirada del carné o la prisión preventiva si existe alto riesgo de cometer un delito de tráfico.

Por ejemplo, en el caso de un "bebedor", el juez podrá determinar que el delincuente se someta a un programa de deshabituación. En cambio, un conductor que en una ocasión circula en dirección contraria tiene pocas probabilidades de reincidir.

Hasta ahora se han analizado siete dictámenes periciales criminológicos, que se han elaborado con el consentimiento de los implicados durante el trámite de diligencias previas, y han impedido por tanto el juicio rápido. La fiscalía pretende que los informes se incluyan en los atestados policiales para que se faciliten los juicios rápidos, lo que implicaría una reforma legal.

Vargas ha justificado este tipo de informes porque, según dijo los delitos contra la seguridad vial han aumentado en España en los dos últimos años un 163%