30 de abril de 2021

Publicada la Resolución de 30 de abril

Se ha publicado la 𝗥𝗘𝗦𝗢𝗟𝗨𝗖𝗜𝗢𝗡 𝟯𝟬 𝗮𝗯𝗿𝗶𝗹 𝟮𝟬𝟮𝟭, por la que se modifica punto 23.5 de resuelvo 2º de la Resolución de 23 abril, Conselleria de Sanidad, por la que se acuerdan medidas de salud pública en la Comunidad Valenciana, como consecuencia #Covid19

𝗣𝗔𝗥𝗧𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗬 𝗣𝗨𝗕𝗟𝗜𝗖𝗢 𝗘𝗡 𝗔𝗖𝗢𝗡𝗧𝗘𝗖𝗜𝗠𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢𝗦 𝗗𝗘𝗣𝗢𝗥𝗧𝗜𝗩𝗢𝗦
𝗣𝗔𝗥𝗧𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗡𝗧𝗘𝗦
✅En competiciones-acontecimientos deportivos 𝗲𝗻 𝗶𝗻𝘀𝘁𝗮𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗱𝗲𝗽𝗼𝗿𝘁𝗶𝘃𝗮𝘀 𝗮𝗯𝗶𝗲𝗿𝘁𝗮𝘀,𝗮𝗹 𝗮𝗶𝗿𝗲 𝗹𝗶𝗯𝗿𝗲,𝗼 𝘃𝗶𝗮 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮, no podrán participar más de 1000 deportistas simultáneamente
✅En competiciones- acontecimientos deportivos 𝗲𝗻 𝗶𝗻𝘀𝘁𝗮𝗹𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗰𝗲𝗿𝗿𝗮𝗱𝗮𝘀, no podrán participar más de 300 deportistas simultáneamente
𝗣Ú𝗕𝗟𝗜𝗖𝗢
✅Acontecimientos deportivos y competiciones no profesionales en instalaciones deportivas tanto abiertas como cerradas, 𝗽𝗼𝗱𝗿𝗮𝗻 𝗱𝗲𝘀𝗮𝗿𝗿𝗼𝗹𝗹𝗮𝗿𝘀𝗲 𝗰𝗼𝗻 𝗮𝗳𝗼𝗿𝗼 𝗺𝗮𝘅 𝗱𝗲𝗹 𝟱𝟬%, 𝗺𝗮𝗻𝘁𝗲𝗻𝗶𝗲𝗻𝗱𝗼 𝟭 𝗮𝘀𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗶𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗲𝗻 𝗺𝗶𝘀𝗺𝗮 𝗳𝗶𝗹𝗮 en caso de asientos fijos 𝗼 𝟭'𝟱𝗺 de separación 𝘀𝗶 𝗻𝗼 𝗵𝗮𝘆 𝗮𝘀𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗳𝗶𝗷𝗼𝘀, entre distintos grupos de convivencia.
✅Si no fuera posible mantener 1asiento distancia o 1,5m separación, 𝗲𝗹 𝗮𝗳𝗼𝗿𝗼 𝘁𝗲𝗻𝗱𝗿𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝗿𝗲𝗱𝘂𝗰𝗶𝗿𝘀𝗲 hasta garantizar el cumplimiento de la medida.
✅𝗖𝗼𝗻 𝗰𝗮𝗿𝗮𝗰𝘁𝗲𝗿 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗹, 𝗲𝗹 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗼 del acontecimiento 𝗻𝗼 𝗽𝗼𝗱𝗿𝗮 𝘀𝘂𝗽𝗲𝗿𝗮𝗿 𝗹𝗶𝗺𝗶𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝟭𝟬𝟬𝟬 personas 𝗮𝘀𝗶𝘀𝘁𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 cuando se celebren en instalaciones deportivas 𝗮𝗯𝗶𝗲𝗿𝘁𝗮𝘀 𝘆 𝟱𝟬𝟬 cuando sean 𝗰𝗲𝗿𝗿𝗮𝗱𝗮𝘀.
𝗣𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗼 𝗮𝗹 𝗮𝗶𝗿𝗲 𝗹𝗶𝗯𝗿𝗲 𝗼 𝘃𝗶𝗮 𝗽𝘂𝗯𝗹𝗶𝗰𝗮:
✅Desarrollarse evitando aglomeraciones público.
✅El público que espontáneamente pudiera acudir tendrá que respetar distancia seguridad establecida.
✅En caso de 𝗴𝗿𝗮𝗱𝗲𝗿𝗶𝗮𝘀 𝗼 delimitación 𝗲𝘀𝗽𝗮𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗿𝗲𝘀𝗲𝗿𝘃𝗮𝗱𝗼𝘀 al público, se establecerá un 𝗹𝗶𝗺𝗶𝘁𝗲 de 𝗮𝗳𝗼𝗿𝗼 de público máximo 𝟱𝟬%,manteniendo 𝟭𝗮𝘀𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗶𝘀𝘁𝗮𝗻𝗰𝗶𝗮 en misma fila en caso de asientos fijos, o 1,5m de separación si no hay asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia.
✅En caso de que el acontecimiento deportivo se celebre en instalaciones deportivas 𝗮𝗯𝗶𝗲𝗿𝘁𝗮𝘀 o al aire libre, será aplicable lo dispuesto en Resuelvo segundo, punto 1, apartado 2 b) de la presente resolución respecto de las divisiones de espacio. En instalaciones 𝗰𝗲𝗿𝗿𝗮𝗱𝗮𝘀, se pueden establecer divisiones de espacio de hasta máximo 3 sectores diferenciados de 500 asistentes en cada uno de ellos, con entrada y salida, aseos y servicio de
hostelería independientes en cada sector, siempre que no se supere el 35% de aforo máx. de personas sentadas. ➕ℹ️👇