El Consell regula los costes
de las sanciones por recabar recursos de emergencias de forma negligente o intencionda
Quien la haga, a propósito, la
pagará. Y así lo hará menos veces o nunca. Ése es el espíritu que guía el
proyecto de decreto aprobado ayer por el Consell por el que se regula el
procedimiento para la repercusión de costes de movilización de los servicios de
emergencias de forma negligente o intencionada.
Así, entre otras, se sancionarán
los avisos ficticios al teléfono 112 y actuaciones de emergencias motivadas por
negligencias. Por ejemplo: la sanción por causar un incendio puede oscilar
desde los 9.000 euros en el caso de un incendio que se extingue a las pocas
horas, a los más de 26.000 euros en el caso de un incendio forestal en el que
los medios de extinción trabajan todo un día. No obstante, las cantidades «no
son fijas», sino que dependen de los medios que intervienen y de la duración
del incendio.
Según informó el vicepresidente y
portavoz del Consell, José Císcar, el decreto recoge toda una serie de
circunstancias en las que los servicios esenciales de intervención frente a
emergencias «se ven obligados a actuar por comportamientos contrarios a las
recomendaciones de Protección Civil o incluso se tienen que movilizar ante
falsos avisos de urgencia».
El decreto prevé sanciones para
avisos ficticios al teléfono 112 con el consiguiente desplazamiento de medios;
o el desarrollo de una actividad recreativa de riesgo en zona prohibida, como
el baño en pantanos en los que así esté señalizado; la movilización de recursos
por la práctica de una actividad deportiva de riesgo, como puede ser el
barranquismo, en situaciones meteorológicas de alerta naranja o roja y por
tanto preemergencia; o cualquier evento deportivo, como una carrera de
vehículos a motor, que no disponga de Plan de Autoprotección y que cause un
incendio forestal. El ejemplo «más ilustrativo» sobre la necesidad de medidas
contundentes que fomenten la prevención y la concienciación son los incendios
forestales, ya que «más de un 70 %» de los mismos tienen como causa la
intencionalidad o la negligencia.
Según el Consell, las sanciones
tienen un sentido puramente preventivo y disuasorio y persigue combatir los
comportamientos maliciosos y concienciar frente a los comportamientos
negligentes.
Fuente: LEVANTE-EMV | VALENCIA