Tengo la ITV caducada. ¿Me multarán cuando vaya a
pasarla? ¿Qué plazo tengo? Pues tienes que ir a pasarla YA.
Si te paran los agentes de la Policía Local o los de la Guardia Civil, te
pueden multar a partir de la fecha que te indique por detrás en la tarjeta de
la Ficha Técnica.
No hay plazo de margen. La multa es de 200 €.
Eso sí, en la ITV no te cobrarán ningún recargo por
ir pasado de fecha.
Por falta de tiempo, pereza, u olvidos, muchos
conductores hemos circulado en alguna ocasión sin pasar la ITV en la fecha
establecida.
Con la normativa actual, si los agentes te paran,
te multarán con 200 euros.
A partir del 1 de mayo de 2010 según una
instrucción de la Dirección General de Tráfico se modifica la aplicación del Real Decreto
sobre Inspección Técnica de Vehículos de 1994 por la cual te retiraban el
permiso y te concedían un plazo de 10 días para pasar la inspección técnica,
tras lo cual la Jefatura de Tráfico devolvía al titular el permiso de
circulación intervenido.
En la nota interna, la DGT reconoce que en muchas
ocasiones el titular del vehículo infractor pasaba la ITV en el plazo
establecido y, al acudir a la Jefatura de Tráfico para recoger su permiso, éste
todavía no había sido remitido por la Guardia Civil, lo que provocaba
"numerosas situaciones conflictivas". Para evitar estos problemas,
los agentes no retirarán físicamente el documento sino que entregarán un
volante que autoriza la circulación del vehículo por un plazo máximo de 10
días. En el caso de que el propietario no pase la inspección en ese plazo, la
DGT ordenará la inmovilización del vehículo.