*La Consellería consensúa con organizaciones agrarias,
cooperativas, fuerzas de seguridad y la administración local y estatal una guía
orientativa para el control y seguimiento de la aplicación de la trazabilidad
agrícola en el transporte
*Estas medidas mejoran la seguridad alimentaria, evita
que se comercialicen productos agrarios sin origen conocido y confiere una
mayor protección al propietario agrícola frente al robo de sus producciones
La Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca,
Alimentación y Agua intensificará las inspecciones en los canales paralelos de
comercialización de dudosa trazabilidad, lo que incrementará la eficacia de los
controles de seguimiento que se realizan en origen, transporte y en primer
destino.
Dentro del ámbito de la comercialización, esta
medida tiene como objetivo mejorar la seguridad alimentaria, evitar que se
comercialicen productos sin origen conocido y conferir una mayor protección al
propietario agrícola frente al robo de sus producciones. Un producto robado
pierde la trazabilidad y si es necesario rastrear su origen por razones de
seguridad alimentaria no se puede conocer para subsanar con mayor rapidez o
prevenir la causa.
En este sentido, los inspectores de control de
calidad agroalimentaria priorizarán las acciones en los puntos de compra-venta
de productos agrarios de dudosa trazabilidad coincidiendo con el inicio de la
campaña citrícola. Las actuaciones de los inspectores se verán reforzadas por
las fuerzas de seguridad.
En 2012 el Consell aprobó un decreto que regulaba
la obligatoriedad de mantener la trazabilidad en los productos agrícolas de la
Comunitat Valenciana y su primera comercialización. Desde ese momento ha venido
trabajando con el sector en la elaboración de una norma sobre trazabilidad.
Para actuar en el ámbito del transporte, la
Generalitat ha mantenido reuniones con las organizaciones agrarias, con la
federación de cooperativas valencianas (FECOAV), con el Comité de Gestión de
Cítricos, con la Delegación del Gobierno, con la Federación Valenciana de
Municipios y Provincias y con las Fuerzas de Seguridad (Guardia Civil, Policía
Nacional y Policía Autonómica).
El pasado miércoles día 16 de octubre , se celebró
una reunión informativa en el IVASPE (Instituto Valenciano de Seguridad y
Emergencias) en Cheste donde se dieron a conocer las pautas a seguir por los
Cuerpos de Policía Local de la Provincia de Valencia.
A la misma asistieron el Subdirector General de
Seguridad y Formación de la Consellería de Gobernación y Justicia; el
Subdirector General de Protección Agroalimentaria de la Consellería de
Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua; la Policía Autonómica ;
Concejales de Seguridad y Jefes de
Policía Local
La colaboración entre administraciones y los
productores está desarrollando una guía orientativa para el control y
seguimiento de aplicación de la trazabilidad agrícola en el transporte,
orientada a las fueras de seguridad para facilitar el cumplimiento de la
normativa.
Recoge el modo de actuación de los agentes ante la
detección de vehículos que transporten mercancía con destino a comercialización
sin el Documento de Acompañamiento y Trazabilidad Agrícola (DATA). Esta
documentación será obligatoria desde el 22 de octubre para todo transporte
entre la parcela de origen a su primer destino de comercialización, excepto
cuando el operador sea el propio agricultor, entendiendo también como tales a
las cooperativas, o se trate de cantidades destinadas al autoconsumo.
El DATA acredita la procedencia en destino y
durante el transporte de los productos agrarios a los que haga referencia, y debe
conservarse y mantenerse a disposición de las autoridades competentes que lo
soliciten.
Su expedición corre a cargo del agricultor o la
empresa agrícola correspondiente y acompaña a los productos agrarios hasta su
primer destino de comercialización cuando sean transportados por un tercero.
Una vez recibido el producto en su primer destino, el documento será entregado
al responsable de la empresa alimentaria o empresa no agrícola de piensos. Los
datos contenidos deben ser coherentes con los registros en origen de los
agricultores y empresas agrícolas.