Hasta el momento que se apruebe parte o la
totalidad de la nueva Ley de Tráfico, deberías conocer a la
perfección la Ley actual. Las sanciones que se te pueden imponer si
no cumples las normas, por ejemplo. ¿Las conoces todas?
Conciénciate que debes cumplir las normas porque
la carretera es de todos. Tanto de los que van en coche, como los que
vais en moto, los ciclistas o los peatones.
Normas para los
ciclistas
- Durante la noche, es obligatorio de las luces
traseras y delanteras de posición. Cuando sea obligatorio el uso de
alumbrado (por la noche o en circunstancias
. En bicicleta, como en moto, todos/as con
casco. No es obligatorio, pero si aconsejable. Está demostrada su
eficiencia en caso de accidente.
- Los auriculares y telefonía móvil prohibidos.
- Circula en grupo, pero no en pelotón.
- Los ciclistas podrán circular en columnas de
a dos, siempre lo más a la derecha posible de la vía.
- Los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto
a los vehículos a motor cuando éste gire a la derecha o izquierda para entrar
en otra vía, y cuando circulando los ciclistas en grupo, el primero de ellos haya
iniciado ya un cruce o entrado en una glorieta.
- La tasa de alcoholemia para ciclistas es igual
que para el resto de conductores (0,5 o 0,3 en el caso de los noveles). Por
tanto, está prohibido montar en bicicleta si se supera la tasa de
alcohol en sangre, igual que para el resto de vehículos.
Normas para los
conductores en general
- Los teléfonos móviles sólo con manos
libres.
- Prohibidas las pantallas con imágenes,
salvo GPS.
- Prohibidos los detectores e inhibidores
de radar.
- Hay que dar las luces de emergencia o
“warning” si hay peligro de alcance.
- Velocidad moderada frente a los ciclistas, con
los que se debe respetar la distancia lateral de seguridad.
Modera la velocidad al aproximarte a bicicletas circulando.
- Prohibido parar o estacionar en
el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso
exclusivo de minusválidos, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en
cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice la circulación o
constituya un riesgo, especialmente para los peatones.
- Prohibido circular sin hacer uso del alumbrado
reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta en cuyo caso la
infracción tendrá el carácter de leve.
- Prohibido conducir utilizando cascos,
auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria atención
permanente a la conducción.
- Prohibido circular con menores de doce
años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas.
- Siempre hay que obedecer las señales de
los Agentes que regulan la circulación. La prioridad de éstos va
seguida de los semáforos, las señales verticales y por último, las del suelo.
- No arrojes a la vía o en sus inmediaciones
objetos que puedan producir incendios o accidentes, o que obstaculicen la libre
circulación.
- Mantén SIEMPRE la distancia de seguridad con
el vehículo que te precede.
- Si un Agente de la autoridad te pide tus datos o
los del vehículo, tienes que dárselos.
- El cinturón de seguridad es OBLIGATORIO.
- No bebas, te mediques, o consumas drogas antes
de conducir.
- Si vas en moto, el casco es OBLIGATORIO.
Peatones
Usa chaleco reflectante u otros
dispositivos si vas a caminar en las inmediaciones de una carretera.
Camina siempre en dirección contraria al
tráfico rodado si tienes que hacerlo cerca de una carretera.
Respeta los semáforos y los pasos de
cebra.
Importe de las multas
- Infracciones leves: hasta 100 euros.
- Infracciones graves: hasta 200 euros.
- Infracciones muy graves: hasta 600
euros.
Estas cantidades pueden incrementarse hasta
un 30 % atendiendo a la gravedad y trascendencia del hecho, los
antecedentes del conductor, el peligro potencial creado, y de acuerdo con el criterio
de proporcionalidad, las graves y muy graves llevarán aparejada la pérdida
de puntos e incluso, la cárcel.