2 de noviembre de 2020

🔵 TRANSFERENCIA DE VEHÍCULOS POR HERENCIAS

✔ Cuando heredamos un vehículo es obligatorio realizar una transferencia por herencia, un trámite para modificar la titularidad del vehículo de la persona fallecida al heredero.
Documentación necesaria:
• Solicitud en impreso oficial para cambios de titular.
• DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor del interesado.
• Tasa de transferencia pagada (54,60 €).
• Liquidación del Impuesto de Sucesiones (varía por comunidades autónomas).
• Escritura de herencia en la que figure el vehículo y el beneficiario.
¿Puedo circular con él?
Está permitido circular con un vehículo heredado durante el período de tramitación de la transferencia, siempre que toda su documentación esté en regla.
¿Y puedo venderlo?
Para vender un vehículo heredado, primero hay cambiar la titularidad a la del heredero y después tramitar la venta, es decir, se han de realizar dos transferencias.
Recuerda:
• Antes de realizar tu trámite, pida cita previa en www.dgt.es, en tu Jefatura de Tráfico o en el teléfono 060.
• El pago de tasas en las Jefaturas solo es posible con tarjeta bancaria.