Nueva regulación de los VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL (VMP)
Estas nuevas normas entrarán en vigor el 2 de enero de 2021.
SE REGULA EL USO DE Los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como patinetes y segway, cuya velocidad máxima estará comprendida entre 6 y 25 km/h. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas.
ZONAS DE CIRCULACIÓN PROHIBIDAS. No se podrá circular con patinetes por las aceras y las zonas peatonales, ni por por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por vias urbanas. Tampoco por túneles urbanos.
NORMATIVA. Los patinetes tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia/drogas y no se podrán usar auriculares. Tampoco podrán circular haciendo uso del teléfono móvil.
UNA SOLA PLAZA. No pueden ir dos personas.
CERTIFICADO DE CIRCULACIÓN. Los VMP deberán contar con el correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos requeridos.