Repasamos cuál es la
documentación obligatoria que debes llevar en el coche y las sanciones que
puede acarrear no hacerlo.
La Ley exige que conductor y
vehículo obtengan autorizaciones administrativas para poder conducir y
circular, que se lleven si se circula y que se muestren a los agentes de la
autoridad que lo soliciten.
Son tres los
documentos que todo conductor debe llevar en su vehículo: el permiso de
conducción, el de circulación y la tarjeta de características
técnicas con el informe de la última ITV si fuera necesario. El recibo
del seguro no es obligatorio, pero sí recomendable..
Estos papeles son la garantía de
que el titular está capacitado para conducir un tipo de
vehículo (permiso de conducción) y que este cumple las características y
homologaciones (permiso de circulación y tarjeta de características técnicas) y
de que no presenta defectos mecánicos peligrosos para la seguridad
vial, en función de la antigüedad, clase y destino de los vehículos, (pegatina
y certificado de la última ITV).
¿Pero qué ocurre si no llevas
estos papeles en el coche? La infracciones relativas a la documentación del
vehículo suponen una sanción administrativa. Para las infracciones menores, las
multas estipuladas parten de los 10 euros. Otras más graves están penadas con
multas mayores y pueden ser motivo de inmovilización del vehículo. A
continuación, reproducimos una lista con las infracciones más
frecuentes y sus correspondientes sanciones. En algunos casos pueden
incrementarse en función de la gravedad del hecho, los antecedentes o la
condición de reincidente del infractor:
Permiso
de conducir
- No llevarlo: 10 euros.
- Datos no actualizados: 80 euros.
- Permiso caducado: 200 euros.
- Conducir con una autorización que no habilita,
500 euros + 4 puntos.
Permiso
de circulación
- No llevarlo: 10 euros.
- Vehículo sin autorización administrativa para
circular: 500 euros.
Tarjeta
ITV y certificado de la última inspección
- No llevarla: 10 euros.
- ITV caducada: 200 euros.
Seguro
obligatorio
- Circular con un vehículo sin asegurar: de 601 a
3.005 euros.
La tarjeta de ITV ha cambiado de
apariencia y contenido, para que sea más difícil de falsificar. Desde julio de
2012, el nuevo modelo –de color azul– convive con la tradicional cartulina
verde. Este nuevo formato incluye más datos técnicos del vehículo, desde
emisiones de CO2 hasta la categoría de la carrocería, los tipos de neumáticos
que puede montar o el valor de ruidos.
¿Vale una fotocopia?
En España y solo para acreditar
su existencia ante los agentes, tienen validez las fotocopias de los documentos
del coche y el conductor, siempre que estén identificados el organismo y la
persona que haga la compulsa del permiso de conducción y de
circulación, la tarjeta de Inspección Técnica y las autorizaciones especiales
de conducción.
Pueden hacer la compulsa, (de
hecho están obligados a ello tras pagar la tasa correspondiente) los fedatarios
públicos (notarios, etc.) y unidades dependientes de la Jefatura Central de
Tráfico. También pueden hacerla (aunque no están obligados), los ayuntamientos,
fuerzas de vigilancia, administración autonómica y resto de órganos de la
Administración Pública.
¿Y si viajo fuera de España?
Si piensa conducir dentro de la
Unión Europea, el permiso de conducir junto con su DNI -ambos en vigor- serán
suficientes.
Pero si va a ponerse al volante
más allá de las fronteras de la Unión, deberá solicitar un Permiso de Conducir
Internacional en la jefatura de tráfico de su provincia. Es válido para
conducir durante un año por todo el mundo, excepto en el país que lo expide.
El vehículo también debe ir
documentado y debe llevar los originales (no valen fotocopias) del permiso de
circulación y la ficha con las características técnicas (e ITV actualizada si
fuera necesario). Fuera de la UE es necesaria la Carta Verde.
Además, para circular por el
extranjero, el vehículo debe llevar un adhesivo con el país de origen en la
parte posterior (una pegatina en forma de óvalo, de color blanco, en una E de
color negro). Si viaja por la UE, puede utilizarse como equivalente las
matrículas que incorporan la banda azul, con estrellas, y la letra E, pero
fuera de la Unión, independientemente de la matrícula, es obligatoria la
pegatina tipo óvalo.
Fuente: DGT