Qué Multas
puedes sufrir por no llevar los papeles en el coche.
La Ley exige que conductor y vehículo obtengan autorizaciones administrativas,
tanto para conducir como para circular, así como que se lleven a bordo del
vehículo si se circula y como no podría ser menos que le seas mostrados a los
Agentes de la Autoridad que se lo soliciten.
Son tres los documentos que todo conductor debe llevar en su automóvil: El
Permiso o la Licencia de Conducción, el Permiso o la Licencia de Circulación y
la Tarjeta de Inspección Técnica o de Características Técnicas (para los
Ciclomotores), estos últimos documentos junto con el Informe de la última ITV
si fuera necesario. Como también el Recibo del Seguro, que Aunque no es
obligatorio, sí es recomendable.
Estos papeles son la garantía de que el titular está capacitado para conducir
un tipo de vehículo (Permiso o Licencia de Conducción) y que este cumple las
características y homologaciones (Permiso o Licencia de Circulación y Tarjeta
de Características Técnicas) y de que no presenta defectos mecánicos peligrosos
para la Seguridad Vial, en función de la antigüedad, clase y destino de los
vehículos (Pegatina -una sola, y no la colección que algunos propietarios
acostumbran a llevar sobre el cristal- e Informe de la última ITV).
¿Pero qué ocurre
si no lleva estos documentos en el coche?.
Las infracciones relativas a la documentación del vehículo suponen una sanción
administrativa. Para las infracciones menores, las Multas estipuladas parten de
los 10 €uros. Otras más graves están penadas con Multas mayores y pueden ser
motivo de Inmovilización del vehículo. A continuación, reproducimos una lista
con las infracciones más frecuentes y sus correspondientes sanciones, que en
algunos casos pueden incrementarse en función de la gravedad del hecho, los
antecedentes o la condición de reincidente del infractor:
La Tarjeta de ITV ha cambiado de apariencia y contenido. Desde julio de 2012,
el nuevo modelo -de color azul– convive con la tradicional cartulina verde.
Este nuevo formato incluye más datos técnicos del vehículo, desde emisiones de
CO2 hasta la categoría de la carrocería, los tipos de neumáticos que puede
montar o el valor de ruidos. Además, esta nueva tarjeta es más difícil de
falsificar.
PERMISO DE
CONDUCIR:
● No llevarlo, 10€
● Datos no actualizados, 80€
● Permiso caducado, 200€
● Conducir con una autorización que no habilita, 500€ + 4 puntos
PERMISO DE
CIRCULACIÓN:
● No llevarlo, 10€
● Vehículo sin autorización administrativa para circular, 500€
TARJETA ITV E
INFORME DE LA ÚLTIMA INSPECCIÓN:
● No llevarla, 10€
● ITV caducada, 200€
SEGURO
OBLIGATORIO:
● Circular con un vehículo sin asegurar, de 601 a 3.005€
¿Valen las
Fotocopias (compulsadas)?.
En España y solo para acreditar su existencia ante los Agentes,
tienen validez las fotocopias de los documentos del coche y el conductor,
siempre que estén identificados el organismo y la persona que haga la compulsa
del Permiso y la Licencia de Conducción y de Circulación, la Tarjeta de
Inspección Técnica y las autorizaciones especiales de conducción.
Pueden hacer la compulsa -de hecho están obligados a ello tras pagar la tasa
correspondiente- los fedatarios públicos (Notarios, etc.) y las Unidades
dependientes de la Jefatura Central de Tráfico.
También pueden hacerla -aunque
no están obligados-, los Ayuntamientos, las Fuerzas de vigilancia (Policía
Local y Guardia Civil), las Administración Autonómica y el resto de órganos de
la Administración Pública.
¿Y si viajo
fuera de España?.
Si piensa conducir dentro de la Unión Europea, deberá portar el Permiso de
Conducir junto con su DNI -ambos en vigor-.
Pero si va a ponerse al volante más allá de las fronteras de la Unión, deberá
solicitar un Permiso de Conducir Internacional en la Jefatura Provincial de Tráfico
de su Provincia. Es válido para conducir durante un año por todo el mundo,
excepto en el país que lo expide.
El vehículo también debe ir documentado y debe llevar los originales -no valen
fotocopias- del Permiso de Circulación y la Tarjeta con las características
técnicas (e ITV actualizada si fuera necesario). Fuera de la UE es necesaria la
Carta Verde.
Además, para circular por el extranjero, el vehículo debe llevar un adhesivo
con el país de origen en la parte posterior -una pegatina en forma de óvalo, de
color blanco, en una E de color negro-. Si viaja por la UE, puede utilizarse
como equivalente las matrículas que incorporan la banda azul, con estrellas, y
la letra E, pero fuera de la Unión, independientemente de la matrícula, es
obligatoria la pegatina tipo óvalo.
Fuente: DGT