Se suprime el permiso de conducir de la clase BTP,
exigido hasta ahora para taxis, ambulancias y otros vehículos de emergencia y
escolares
A partir del 1 de enero de
2016
El
objetivo es adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso
Único Europeo de Conducción
Los
titulares del BTP podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se
les requería, con independencia de que deban cumplir los requisitos
establecidos en las normas sectoriales
Los
titulares del BTP no necesitarán modificar su permiso de conducción. Cuando
renueven el de la categoría B, en el nuevo documento ya no figurará la mención
BTP
A partir del 1 de enero de 2016,
el permiso de conducción de la clase BTP, solo existente en España y con
validez exclusivamente en el territorio nacional, se suprime para adaptarse a
las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de
Conducción, común en los 28 estados de la Unión.
El motivo que justifica su
eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la
categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso
Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación
reglamentaria.
El actual permiso BTP
autoriza "a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio
urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares
y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza,
todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y su número
de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve".
Los titulares de este permiso
podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP,
con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer
las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios
(taxis, ambulancias, policías…), siempre que mantengan en vigor la categoría
del permiso de conducción exigida en función del vehículos de que se trate.
Asimismo, dichos titulares
continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura la
categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo
renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP.
La supresión de esta clase de
permiso quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de
la publicación en el BOE de un Real Decreto que incluya dicha
modificación e incorpore a nuestro ordenamiento la Directiva 2014/85/UE sobre
el permiso de conducción y cuya fecha límite para trasponerla es el 31 de
diciembre de 2015.
Actualmente, dicha supresión está
tramitándose. Sólo falta el dictamen del Consejo de Estado y su posterior
publicación en el BOE, pero la relevancia que para determinados sectores supone
la eliminación de este permiso, requiere de su difusión anticipada