El DOCV publica el Nuevo
Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales de la Comunitat Valenciana .
- Los trámites para la celebración de festejos
taurinos serán más sencillos y menos burocráticos
- Cualquier municipio podrá realizar festejos
taurinos, independientemente de que haya o no antecedentes de realizarlos,
ya que se elimina el certificado de tradicionalidad
El Diario Oficial de la Comunitat
Valenciana (DOCV)
publica hoy el Decreto por
el que se aprueba el nuevo Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales de la
Comunitat Valenciana, que tiene como objeto regular las condiciones para la
celebración de los festejos taurinos en la Comunitat así como garantizar la
seguridad, los derechos e intereses de los participantes, espectadores, vecinos
y bienes además de la integridad de los animales que intervienen en ellos.
Esta nueva normativa refunde en una única norma los dos decretos que hasta ahora regulaban els bous al carrer en la Comunitat: el Decreto 24/2007 de 23 de febrero y el Decreto 120/2010, de 27 de agosto y además, introduce una serie de novedades.
Esta nueva normativa refunde en una única norma los dos decretos que hasta ahora regulaban els bous al carrer en la Comunitat: el Decreto 24/2007 de 23 de febrero y el Decreto 120/2010, de 27 de agosto y además, introduce una serie de novedades.
El nuevo Reglamento de Festejos
Taurinos se estructura en 100 artículos agrupados en cuatro Títulos y también
incorpora ocho Anexos. El Decreto prevé cinco Disposiciones Adicionales, dos
Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones
Finales.
En cuanto al contenido, el Reglamento establece una definición de festejo taurino tradicional más abierta que la vigente anteriormente ya que considera bous al carrer todas las modalidades acreditadas en la Comunitat y reconoce la tradicionalidad universal de la fiesta.
En este sentido, establece que cualquier municipio podrá realizar festejos taurinos independientemente de que haya o no antecedentes de realizarlos, ya que se elimina el certificado de tradicionalidad.
En cuanto al contenido, el Reglamento establece una definición de festejo taurino tradicional más abierta que la vigente anteriormente ya que considera bous al carrer todas las modalidades acreditadas en la Comunitat y reconoce la tradicionalidad universal de la fiesta.
En este sentido, establece que cualquier municipio podrá realizar festejos taurinos independientemente de que haya o no antecedentes de realizarlos, ya que se elimina el certificado de tradicionalidad.
De esta manera, con el nuevo
Reglamento el Ayuntamiento cobra especial relevancia ya que serán los
consistorios los que determinen si están de acuerdo o no con la celebración del
festejo.
Menos trámites
La novedad más relevante es la
que hace referencia al procedimiento de autorización de los festejos y a la
presentación de la documentación. Con la nueva normativa, los trámites para la
celebración de festejos taurinos serán más sencillos y menos burocráticos ya
que para solicitar la celebración de un festejo antes había que presentar 11
documentos a la Consellería y ahora solo serán necesarios cuatro: los que
acreditan que se dispone de seguro, certificado de barreras, certificado médico
y, en caso de instalación de plazas de toros portátiles, presentar también el
contrato con el profesional taurino.
Junto a esta documentación habrá
que entregar en Consellería una declaración jurada de que se cuenta con el
resto de documentación exigida y se declarará que la documentación está a
disposición del director del festejo y de la autoridad competente.
Con la reducción de trámites, el director del festejo asume mayor responsabilidad y está obligado a requerir la documentación al organizador antes del inicio del festejo ya que su incumplimiento supondría la suspensión del evento.
Con la reducción de trámites, el director del festejo asume mayor responsabilidad y está obligado a requerir la documentación al organizador antes del inicio del festejo ya que su incumplimiento supondría la suspensión del evento.