La nueva Ley que regulará la
inspección obligatoria de vehículos está a punto de aprobarse. Esto al menos se
desprende de las noticias que apuntan a que la Dirección General de Tráfico y la
Guardia Civil de Tráfico ya han dado el visto bueno y ha sido revisada también
por los concesionarios y las asociaciones de automovilistas.
Esta ley incorporará nuevos
cambios orientados a incentivar la renovación del parque móvil español muy
envejecido a causa de los efectos de la crisis. El gobierno espera que la nueva
normativa, junto con el plan PIVE ya en marcha, ayuden a esta renovación y a
garantizar la seguridad de los coches que sigan circulando.
Los coches de seis años pasarán revisión anual.
Uno de los principales cambios
que se proponen es que los vehículos pasen la ITV anualmente a partir de los
seis años y no de los diez como se venía haciendo hasta ahora con el propósito
de garantizar su idoneidad para circular. Esta medida será la más polémica
porque obligará a muchos ciudadanos a desembolsar el doble por sus revisiones,
al tener que realizarlas más a menudo.
Desde el gobierno argumentan que
los accidentes por coches circulando en mal estado han aumentado y que es
necesario tomar todas las precauciones, por lo que es una medida preventiva y
no recaudatoria. No obstante, teniendo en cuenta que debido a la mala situación
económica algunas personas “olvidan” pasar la revisión tal y como está
actualmente, quizás con esta normal el número de coches que circulen sin
pasarla puedan aumentar. Otras medidas que se incorporarán
Se deberá de pasarla ITV además de en todos los
casos en los que se realizaba actualmente, en los siguientes supuestos:
-Cambio de titularidad del
vehículo. Con esto se copia una medida ya en vigor en países como Alemania.
- Si los sistemas de seguridad o
de protección del medio ambiente han sufrido algún tipo de variación.
-En caso de accidente con daños
graves que hayan afectado a las ruedas, el sistema de suspensión, dirección, a
los frenos o a las zonas de deformación.
- Se recupera el conocido como
periodo de gracia. Es decir, se podrá pasarla ITV un mes antes de la fecha
prevista y se dará un plazo de dos meses tras la caducidad de la anterior para
realizar el trámite. De esta manera se trata de facilitar al propietario del
vehículo que realice la revisión con un margen de tres meses y de este modo
poder adaptarse en tiempo y presupuesto como mejor le convenga