Casi un millón de conductores
extranjeros en España deberán renovar su carné
Alrededor de un millón de conductores
extranjeros residentes en España tendrán que renovar
su permiso de conducir en los mismos plazos que los conductores nacionales (a
partir de los dos años en que adquieran la residencia en territorio nacional),
es decir cada 5 o 10 años en función de la edad del conductor.
Los automovilistas extranjeros
que hasta ahora vivían “despreocupados” en España sobre la obligación de
renovar su carné, deberán renovarlo de acuerdo con la nueva Directiva sobre el
permiso de conducción, que permite a los países miembros de la Unión Europea
establecer periodos de vigencia de permisos que actualmente no tienen fecha de
caducidad, obligando a sus titulares a renovarlos en las mismas condiciones que
los conductores españoles.
De los casi dos millones
(1.999.603) de residentes comunitarios censados en España, mayores de 16 años y
que potencialmente pueden tener un permiso de conducir, aproximadamente la
mitad son conductores con un permiso en el que no figura ninguna fecha
de caducidad, debido a que en los países de origen donde los obtuvieron
"se otorgaron de por vida o por periodos de tiempo tan amplios
que presentan una vigencia ilimitada". Este es el caso de los conductores
franceses o alemanes, que no tienen fecha de caducidad; o de los ingleses y
noruegos con cuya vigencia se mantiene hasta que el conductor cumpla los 70 o
100 años.
Los trámites que tendrán que
realizar los conductores extranjeros serán idénticos a los de los nacionales,
por lo que cada 5 o 10 años (dependiendo de si tienen más o menos de 65 años)
deberán acudir a un centro de reconocimiento médico autorizado, aportando una
fotografía para renovar su carné, con la particularidad de que conservarán en
su poder el permiso de conducir expedido en su país de origen. A partir de este
momento, Tráfico les dará de alta en el censo de conductores de España y quedarán
sometidos también al mismo régimen de puntos que cualquier otro conductor
español.
Por otro lado, los conductores
comunitarios que lo deseen podrán solicitar "voluntariamente"
el canje de su permiso de conducir por el equivalente español, antes
de los dos años en que adquieran la residencia en el país. Si los conductores
se deciden por esta opción, Tráfico les va a expedir el permiso de conducir sin
necesidad del reconocimiento médico, sin embargo deberán entregar su permiso
original para que Tráfico lo remita a las autoridades del país de expedición.
La organización de defensa de los
conductores europeos ha puesto en marcha una campaña a través de su página web www.aeaclub.org, con el
objetivo de evitar a los conductores extranjeros las sanciones de 200 euros que
la Dirección General de Tráfico (DGT) está imponiendo a quienes circulan sin
haber renovado su permiso.
CUADRO VIGENCIA DE ALGUNOS
PERMISOS DE CONDUCIR EUROPEOS
(Motos y vehículos de turismo) |
|
PAIS
|
VIGENCIA
|
BÉLGICA
|
Ilimitada
|
SUECIA
|
Válido por 10 años
|
DINAMARCA
|
Válido hasta los 70 años.
Después válido por 4, 3, 2 y 1 año hasta los 80 años
|
ALEMANIA
|
Ilimitada
|
GRECIA
|
Válido hasta los 65 años.
Después válido por 3 años.
|
ESPAÑA
|
Válido por 10 años hasta los 65
años. Después válido por 5 años.
|
ITALIA
|
Válido por 10 hasta los 50
años. Por 5 hasta los 70 y por 3 con más de 70 años.
|
LUXEMBURGO
|
Válido hasta los 50 años.
Después por 10 años entre 51 y 70;por 3 entre 71 y 80. Más por 1.
|
PAISES BAJOS
|
Válido por 10 años hasta los 70
años. Después válido por 5 años
|
AUSTRIA
|
Válido por 100 años.
|
PORTUGAL
|
Válido hasta los 65 años. Por 5
hasta los 70 y por 2 con más de 70 años.
|
FINLANDIA
|
Válido por 2 años (conductor
novel). Después válido hasta los 70 años.
|
REINO UNIDO
|
Válido hasta los 70 años.
(Permiso plastificado válido por 10 años).
|
NORUEGA
|
Válido hasta los 100 años.
|