8 de febrero de 2019

He perdido los puntos de mi permiso de conducir, ¿cómo los puedo recuperar?

carnet por puntos
El permiso por puntos entró en vigor el 1 de julio de 2006. Desde entonces, 1 de cada 4 conductores, de los 28 millones que componen el Registro de Conductores e Infractores de la DGT, han perdido algún punto en su permiso de conducir además de afrontar la correspondiente sanción económica. La detracción o resta de puntos puede llevar a la pérdida del permiso de conducir y luego, para seguir conduciendo, no queda más remedio que pasar por un proceso de recuperación de puntos. Para ello, es importante conocer nuestro saldo actual, saber cómo podemos perder nuestros puntos y, en su caso, cómo recuperar los puntos del permiso de conducir.

Cómo podemos perder puntos del permiso de conducir

El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción podría verse reducido tras la comisión de alguna infracción grave o muy grave que lleve aparejada la pérdida de puntos. Esas infracciones las podemos ver en el Anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que hemos representado en la foto de abajo junto con el Anexo IV que corresponde a la detracción de puntos por exceso de velocidad:
Anexo II (Cuadro infracciones que detraen puntos)
Anexo IV (Cuadro Infracciones sobre exceso de velocidad captado por cinemómetro)
En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones del Anexo IV. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite.
Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de éstas infracciones muy graves, en cuyo caso perderán el número total de puntos que corresponda:
a) No respetar límites de velocidad o velocidad media en tramo;
b) Superar tasa de alcohol;
c) No someterse a pruebas de alcohol o drogas;
d) Conducción temeraria;
e) Circular en sentido contrario;
f) Participar en carreras no autorizadas;
g) Instalar inhibidores de radares;
h) Aumentar en más del 50% tiempos de conducción o minorar más del 50% los tiempos de descanso.

Cuando la Administración notifica la resolución por la que se sanciona una infracción que lleva aparejada la pérdida de puntos, en ese momento, indicará expresamente cuál es el número de puntos que se restan y simultáneamente se anotará la citada sanción en el Registro de Conductores e Infractores. Por otro lado, la pérdida parcial o total, así como la recuperación de los puntos asignados, afectará al permiso o licencia de conducción cualquiera que sea su clase.
La pérdida de puntos no es instantánea, sino cuando la sanción es firme. ¿Cuándo se hace firme? Al día siguiente si se paga la sanción con descuento o si se han hecho alegaciones. Sin embargo, la resolución no se ejecuta hasta un mes después. A partir de ese momento se produce el volcado de datos y se detraen los puntos. Se hace firme también la pérdida de puntos cuando pasan 30 días naturales desde la notificación de la denuncia y no se presentan alegaciones.
Fuente: Circula Seguro