La Dirección General de Tráfico trabaja en un real
decreto para impedir que los patinetes eléctricos circulen por la
acera y para establecer una velocidad máxima para ellos de 25
kilómetros por hora.
Fuentes de Tráfico han informado a Efe de los
trabajos para aprobar una normativa básica estatal, que
posteriormente podrán ampliar los ayuntamientos.
La idea de Tráfico es que los usuarios de estos
patinetes no necesiten un permiso de conducción, al ser catalogados como
vehículo de movilidad personal con propulsión eléctrica, pero sí que deban
someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores.
Precisamente este miércoles se tuvo constancia
de la
primera muerte por atropello de un patinete eléctrico,
una anciana de 92 años embestida en agosto mientras caminaba por la acera de
una calle de Esplugues de Llobregat (Barcelona) por uno de estos vehículos en
el que viajaban dos jóvenes.
También en las últimas semanas los patinetes
eléctricos han protagonizado más incidentes en Barcelona, el último hace dos
semanas cuando la Guardia Urbana logró identificar gracias a la colaboración
ciudadana al conductor de un patinete eléctrico que circulaba a unos 70
km/h por la acera de la Avenida Diagonal.
El director general de Tráfico, Pere
Navarro, avanzó a Efe hace más de un mes que su departamento regularía
estos patinetes después de que todos los ayuntamientos le pidieran que
diera "cobertura jurídica" a estos vehículos ante su notable
proliferación en las ciudades.
Navarro apuntó entonces a Efe que se darían unas
normas "muy básicas" para que estos patinetes tuvieran cierta
personalidad jurídica.
La DGT ya emitió una instrucción sobre
"vehículos de movilidad personal" (VMP) en 2016 en la que destacaba
que no podían ser asimilados a los peatones ni ser considerados vehículos a
motor.
Partiendo de esa base, se señalaba que los VMP
pueden ubicarse físicamente "en la calzada, siempre que se trate de vías
expresamente autorizadas por la autoridad local", pero dejaba en manos de
los ayuntamientos autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales,
parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones que consideraran
necesarias.
Al no ser vehículos a motor, añadía, no requieren
de autorización administrativa para circular - "hasta que
no se regule definitivamente, no cabe exigir al usuario la titularidad de
permiso o licencia de conducción"- y tampoco un seguro obligatorio.
Fuentes de Tráfico subrayan a Efe que el objetivo
de esta primera regulación es desarrollar esa instrucción y facilitar a
los ayuntamientos que tengan una base común para que después puedan
adoptar medidas complementarias o más restrictivas.
Por el momento, los trabajos están iniciados,
aunque las fuentes consultadas desconocen el plazo para que este decreto entre
en vigor, pues la iniciativa deberá someterse a estudio primero en el
Ministerio del Interior y luego ser remitido al Consejo de Ministros
Fuente: Levante EMV