"La Orden de horarios es una
referencia necesaria que garantiza el equilibrio entre el derecho al descanso y
el derecho al ocio"
- El
horario de las actividades extraordinarias o excepcionales se determinará
según el tipo y lugar donde se celebre el espectáculo
- Hasta
la fecha se han recibido 31 peticiones para la celebración cotillones de
fin de Año
- La
Comisión ha aprobado la Orden por la cual se regula la tipología y el
registro que identifica los casales festeros en A, B o C
El conseller de Gobernación y Justicia, Serafín
Castellano, ha afirmado, tras presidir la Comisión de Espectáculos Públicos
y Actividades Recreativas de la Comunitat Valenciana, que la Orden por la que
se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y
establecimientos públicos para el año 2013 "supone una referencia
necesaria para el buen funcionamiento de los espectáculos y actividades
legalmente previstas, cuyo cumplimiento garantiza el adecuado equilibrio
entre el derecho al descanso y el derecho al ocio".
En este sentido, Castellano ha explicado que entre
las novedades que se presentan destaca la reducción a dos días
del plazo de audiencia otorgado a los interesados en el supuesto de revocación
del horario en actividades al aire libre.
Por otra parte, Castellano ha explicado que se
establece que el horario de los espectáculos y actividades
extraordinarias se determinará según el tipo de espectáculo, el lugar donde se
celebre y la equivalencia con un espectáculo/actividad catalogado en la Ley de
Espectáculos y por las condiciones del recinto donde se haga.
Además, otra de las novedades de la Orden de
Horarios de 2013 es la incorporación de un artículo nuevo aclarando que el
horario de las terrazas en vía pública será el mismo del local o en su
caso determinado por el Ayuntamiento, pero nunca superando el horario
determinado en la Orden.
Serafín Castellano también ha añadido que, hasta la
fecha, y teniendo en cuenta que hasta el próximo 15 de diciembre pueden llegar
más, se han recibido 31 peticiones para la celebración de
fiestas extraordinarias de Nochevieja, de las que 28 son declaraciones
responsables y tres se debe tramitar de forma ordinaria por sus características
y deben obtener una autorización extraordinaria. En este sentido, desde Alicante
se han enviado 18 peticiones, siete solicitudes desde Castellón y de Valencia
se han recibido seis peticiones de autorización.
Carteles de las sedes festeras
Otro de los asuntos tratados en la Comisión de
Espectáculos Públicos ha sido la aprobación de la Orden por la que se regula el
Registro de Sedes Festeras Tradicionales, la declaración responsable sobre su
tipología y el modelo de cartel identificativo con la tipología A, B o C. En
los próximos días el Diari Oficial de la Comunitat publicará esta Orden.
ORDEN DE HORARIOS
PARA 2013
- Grupo A. Apertura: 10:00 horas.
Cierre: después de la terminación de la última sesión, que como máximo empezará
a las 01:05 horas.
Espectáculos cinematográficos
Teatros.
Auditorios.
Espectáculos circenses.
- Grupo B. Apertura: 12:00 horas.
Cierre: 03:30 horas.
Cafés-teatro.
Cafés-concierto.
Cafés-cantante.
Pubs y karaokes.
Salas de exhibiciones especiales.
- Grupo C. Apertura: 08:00 horas.
Cierre: 01:00 horas.
Salones recreativos de máquinas de azar, tipo B.
Salones recreativos de máquinas de azar, tipo A.
- Grupo D. Apertura: 09:00 horas.
Cierre: 01:00 horas.
Espectáculos taurinos.
Salas de conferencia.
Museos y salas de exposiciones.
Tentaderos.
Instalaciones deportivas.
Pistas de patinaje.
Parques de atracciones.
Parques temáticos.
Establecimientos de juego de estrategias con armas
simuladas.
- Grupo E. Apertura: 09:00 horas.
Cierre: 24:00 horas.
Parques acuáticos.
Ludotecas.
- Grupo F. Apertura: 10:00 horas.
Cierre: 24:00 horas.
Escuelas taurinas.
Salones ciber y similares.
- Grupo G. Apertura: 10:00 horas.
Cierre: 01:00 horas.
Campos de deporte y estadios.
Actividades recreativas (boleras y billares).
- Grupo H. Apertura: 07:00 horas.
Cierre: 01:00 horas.
Pabellones deportivos.
Gimnasios.
Piscinas deportivas.
Piscinas de recreo o polivalentes.
- Grupo I. Apertura: 17:00 horas.
Cierre: 07:30 horas.
Salas de fiesta.
Discotecas.
Salas de baile.
- Grupo J. Apertura: 06:00 horas.
Cierre: 01:30 horas.
Ciber café.
Restaurantes.
Café, bar.
Cafeterías.
- Grupo K. Apertura: 08:00 horas.
Cierre: 03:00 horas.
Restaurantes y Cafés, Bar y Cafeterías ubicadas en
establecimientos considerados como tiendas de conveniencia de acuerdo con la
regulación prevista en la Ley 8/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat
Valenciana, de Horarios Comerciales de la Comunitat Valenciana.
- Grupo L. Apertura: 10:00 horas.
Cierre: 03:30 horas.
Salones de banquetes.
- Grupo M. Apertura: 09:00 horas.
Cierre: 22:00 horas.
Zoológicos.
Acuarios.
Safari-park.
- Grupo N. Apertura: 09:00 horas.
Cierre: 02:30 horas.
Salas polivalentes.
- Grupo O. Apertura: 12:00 horas.
Cierre: 02:30 horas.
Salón-lounge.