18 de octubre de 2022

Recuerda

 

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🔵 MODIFICACIÓN REINCIDENCIA DELITOS LEVES CON CUANTÍA INFERIOR A 400 €
〽️ Modificación CÓDIGO PENAL⚖️
✔ El pasado día 29 de julio 2022, se aprobó la Ley Orgánica 9/22 del Código Penal, que modifica el delito leve de hurto, que a partir ahora castigará la multirreincidencia.
Como todos sabéis, si la cuantía de lo sustraído era inferior a 400 euros, nos encontrábamos ante un delito leve de hurto, el cual es castigado con la pena de multa de 1 a 3 meses, por lo que los ladrones habituales, conocedores de esta circunstancia, solían hurtar siempre objetos de valor inferior a esos 400 euros una y otra vez sin peligrar su libertad.
La actual modificación, que entró en vigor el día 30 de agosto de 2022, queda redactada de siguiente manera:
Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235 (A partir de aquí, lo nuevo ---->)
No obstante, en el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el montante acumulado de las infracciones sea superior a 400 €, se impondrá la pena del apartado 1 de este artículo. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.
LO NUEVO, QUE CONVIERTE EL DELITO LEVE A DELITO MENOS GRAVE (PRISIÓN DE 6 A 18 MESES)
-- Que el autor haya sido condenado ejecutoriamente (en firme) al menos en 3 ocasiones por delitos del mismo Título y Naturaleza del Código Penal.
-- Que el montante acumulado de los hurtos anteriores supere los 400 euros.
-- Que los antecedentes penales no estén cancelados ni debieran estarlo.