El principal objetivo de una inspección en el transporte escolar es velar por la seguridad vial de los menores en los entornos escolares y en los autobuses durante sus trayectos. La administración, además de valorar las campañas de vigilancia escolar, establecerá otra serie de medidas orientadas a la visibilidad y señalización próxima a la parada del autobús escolar. Un diseño adecuado a los accesos y una iluminación correcta sería lo ideal. Además, los directores de colegios pueden solicitar la presencia de los agentes de tráfico para regular la circulación si fuera necesario. No obstante, la seguridad de los pasajeros del transporte escolar es lo que nos importa y por eso no está de más conocer, ¿cómo se realizan las inspecciones en el transporte escolar y a quiénes les afecta?
Así se realiza la vigilancia del transporte escolar
El resultado de la campaña sobre el transporte escolar fue de 1.451 denunciados, la mayoría por irregularidades sobre documentación, anomalías en el vehículo y cinco sanciones a conductores: tres por velocidad y dos por dar positivo en drogas. Unas sanciones a conductores que dejan mucho que desear y más aún por tratarse de un tipo de transporte que lleva a escolares menores de edad y a sus acompañantes.
Por tal motivo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil especializados en Transportes, dentro de las campañas de seguridad vial que realiza la DGT, inspeccionan autobuses dedicados al transporte escolar y de menores. De esta forma intensifican la vigilancia por las carreteras de su competencia para ver si se cumple con la normativa y, al mismo tiempo, para prevenir siniestros viales en este tipo de transporte. Las normas que hay que exigir para un transporte escolar seguro son:
– Los vehículos no rebasarán los 16 años de antigüedad.
– Irán señalizados con el indicativo de transporte escolar en la parte anterior y posterior del vehículo.
– En la documentación deberá figurar que ha superado una inspección técnica anual si tiene menos de 5 años, y semestral si supera esa antigüedad; que dispone de un seguro obligatorio y otro complementario que cubra la responsabilidad civil por daños y perjuicios; y contar con una autorización especial para el transporte escolar.
– El autobús debe disponer de plazas para personas con discapacidad.
– El piso del vehículo no puede ser deslizante y los bordes de la escalera deben ser de colores vivos.
– Las puertas deben disponer de barras para facilitar las operaciones de subida y bajada.
– Los asientos ubicados frente a huecos de escalera, o aquellos que no estén protegidos por el respaldo de otro, deben contar con un elemento fijo de protección.
Además, desde octubre de 2007, todos los autobuses nuevos han de llevar instalados cinturones de seguridad. Según la DGT, un menor sin ningún tipo de retención, multiplica por cinco las posibilidades de sufrir lesiones mortales. Por eso, el cinturón de seguridad no sólo es útil sino también necesario en cualquier trayecto corto o largo, urbano o interurbano.
Otra de las funciones de los agentes de tráfico durante la inspección del transporte escolar es vigilar y controlar las conductas de los diferentes agentes implicados. Existen dos figuras clave en la inspección de todo transporte escolar y de menores. Se trata del conductor del autobús y del acompañante, cada uno con sus obligaciones:
Obligaciones del conductor
Por lo que respecta al conductor del autobús escolar, su responsabilidad es el cuidado y la vigilancia de los usuarios mientras permanecen en el interior del vehículo. Además, previamente al viaje debe revisar el vehículo y en especial sus medidas de seguridad como, por ejemplo: aperturas de puertas, retrovisores y espejos, extintores, martillos, botiquín, etcétera….
– Durante el trayecto debe respetar las normas de seguridad y tiempos de conducción y descanso, siendo la duración máxima de los viajes de 45 minutos.
– No fumar ni beber alcohol.
– En caso de avería deberá aparcar el autobús en un lugar seguro, parando el motor, bloqueando los frenos y colocar el triángulo y luces de emergencia.
Por último, antes de a iniciar el viaje, deberá observar antes de arrancar el autobús si hay gente en las inmediaciones y procurar que los niños estén ocupando sus asientos.
Obligaciones del acompañante
En cuanto al acompañante del autobús escolar, será obligatoria su presencia en los transportes públicos escolares, en donde al menos la tercera parte tuviera una edad inferior a 16 años, y siempre que se transporte a menores con algún tipo de discapacidad. Su papel es velar por la seguridad de los menores que viajan en el autobús y que éstos se comporten debidamente. Entre sus obligaciones con anterioridad y durante el viaje destacamos las siguientes:
– Ponerse el chaleco reflectante y solicitar al conductor la comprobación regular de los mecanismos de seguridad.
– En caso de que existan alumnos con alguna discapacidad, deberá ayudarles tanto en el acceso como en el abandono del vehículo.
– Asignar las plazas que deben ocupar los usuarios y comprobar que todos ocupan sus asientos antes de iniciar la marcha.
– Deberá bajarse el primero para indicar el momento adecuado para el acceso y abandono del vehículo
– Y, por último, acompañar a los niños desde y hasta el interior del recinto escolar y encabezar la marcha.
Educar, también en el bus escolar
Los trayectos de casa al colegio pueden ser buenos momentos para que el adulto que acompaña a los menores les recuerde algunos mensajes sobre seguridad vial. Unos consejos que siempre vendrán bien para que conozcan los posibles peligros con los que se pueden encontrar y aprender a evitar situaciones de riesgo. Entre los consejos que podemos dar al menor en las paradas, con anterioridad y durante el trayecto, destacamos las siguientes:
– No pararse nunca detrás del autobús.
– Esperar la señal del conductor y cruzar siempre al menos tres metros por delante.
– Dentro del autobús, mantenerse sentado y con el cinturón puesto, si éste lo lleva instalado.
– No correr al llegar al autobús, ni al salir.
– Obedecer al conductor y al monitor.
Para finalizar, con este tipo de inspecciones se quiere recordar a los padres el derecho a exigir a los centros educativos o a las asociaciones de padres y madres que los autobuses en los que se desplacen sus hijos lleven cinturones de seguridad. Además deben comprobar que un monitor o acompañante viaje con los niños durante el trayecto.
Fuente: Circula Seguro