El conductor de un vehículo queda obligado a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:
a) El permiso de circulación o licencia de circulación en el caso de ciclomotores.
b) La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.
c) El informe Técnico de ITV.
d) Permiso o licencia de conducir.
e) El recibo del seguro no es obligatorio llevarlo aunque si recomendable.
f) El impuesto municipal de vehículos NO es obligatorio llevarlo.