El Consell, aprueba el Decreto por el que se
regulan las distinciones y condecoraciones que se concedan por la Generalitat
al personal de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana ...
Cruz al Mérito Policial con Distintivo Rojo
El artículo 55.3 del Estatut d’Autonomia de la
Comunitat Valenciana establece que es competencia de la Generalitat, en el
marco de la ley orgánica a que se refiere el artículo 149.1.29 de la
Constitución, el mando supremo de la Policía Autónoma y la coordinación de la
actuación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de
su dependencia de las autoridades municipales.
En el marco de la coordinación de las Policías
Locales, el artículo 51 de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de la Generalitat, de
Policías Locales y de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat
Valenciana, atribuye a la Generalitat la facultad de poder establecer y
conceder premios, distintivos y condecoraciones al personal de los Cuerpos de
Policía Local que se distinga notoriamente en el cumplimiento de sus funciones.
En virtud de dicho título competencial, mediante el
Decreto 157/1998, de 29 de septiembre, del Consell, se aprobó la regulación de
los premios, distinciones y condecoraciones que se concedían por la Generalitat
a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana.
Posteriormente, dicha norma fue derogada por el Decreto 189/2006, de 22 de
diciembre, del Consell, por el que se regulan las distinciones y
condecoraciones que se concedan por la Generalitat a los miembros de los
Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana.
En el Decreto 189/2006, de 22 de diciembre, del
Consell, se establece una nueva tipología de distinciones y condecoraciones de
la Generalitat en el ámbito del reconocimiento a la labor policial municipal,
derogándose las establecidas en el Decreto 157/1998, de 29 de septiembre, del
Consell, configurándose además los motivos de su otorgamiento, el procedimiento
de concesión, el registro de los expedientes que originen y las normas de uso y
entrega de dichas condecoraciones.
Con el paso del tiempo, estas distinciones y
condecoraciones han alcanzado un gran arraigo en nuestra sociedad y han
conseguido poner en valor la labor de los Cuerpos de Policía Local. El
desempeño de la función policial y la variada casuística de situaciones ante
las que se encuentra el personal de los Cuerpos de Policía Local de la
Comunitat Valenciana en la defensa y protección de los derechos y libertades
públicas, aconsejan actualizar la normativa en este campo con el fin de
prestigiar en mayor medida las recompensas otorgadas por la Generalitat. Con
esta finalidad, con la presente norma se deroga el Decreto 189/2006, de 22 de
diciembre, del Consell, y se lleva a cabo una nueva regulación en esta materia.
Con este nuevo decreto se adapta el título y el
contenido de la norma al lenguaje no sexista reconociendo la presencia de la
mujer en las plantillas de los cuerpos de Policía Local, se definen con mayor
claridad los requisitos de las personas interesadas, las situaciones
administrativas computables en una carrera profesional policial excepcional, la
definición de hechos de relevante significación para el otorgamiento de las
condecoraciones, el procedimiento a seguir, el establecimiento de un nuevo
procedimiento de oficio, o la regulación de la entrega de condecoraciones y el
acto solemne de entrega. Al mismo tiempo, se crea una nueva felicitación a
título colectivo destinada a reconocer la tarea de los Cuerpos de Policía Local
de la Comunitat Valenciana, y de sus unidades operativas, cuando sus
integrantes destaquen, de manera conjunta, por un hecho o circunstancia
extraordinaria de defensa, promoción y protección de los derechos y libertades
públicas, o se signifiquen, de forma continuada en el tiempo, por la
dignificación y el prestigio de las Policías Locales.