25 de octubre de 2010

Catálogo de Infracciones

La nueva Ley de Tráfico, que entró en vigor el pasado 25 de mayo, incluye nuevas sanciones como programar el navegador (resta puntos y se considera una infracción grave), estacionar en las plazas reservadas para discapacitados (quita puntos y es infracción grave), llevar la matrícula ilegible (no detrae puntos pero es infracción grave), permitir que una persona sin carné conduzca (no detrae puntos, pero es una infracción grave) y circular sin luces y elementos reflectantes en las bicicletas (no detrae puntos y es leve).

Infracciones que restan puntos:

1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida.

- Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l). 6 puntos

- Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0.15 hasta 0,30 mg/l). 4 puntos

2. Conducir con presencia en el organismo de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos que afecte a la capacidad de conducir. 6 puntos

3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. 6 puntos

4. Conducir de forma manifiestamente temeraria, circular en sentido contrario al establecido o participar en competiciones o carreras no autorizadas. 6 puntos

5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos o instrumentos encaminados a eludir la vigilancia del tráfico. 6 puntos

6. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. 6 puntos

7. La participación o colaboración necesaria de los conductores en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. 6 puntos

8. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello. 4 puntos

9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación. 4 puntos

10. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los semáforos con luz roja encendida. 4 puntos

11. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida. 4 puntos

12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. 4 puntos

13. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente. 3 puntos

14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. 4 puntos

15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. 4 puntos

16. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede. 4 puntos

17. Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado. 3 puntos

18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. 3 puntos

19. Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce. 4 puntos

20. Conducir excediendo los límites de velocidad.