El Conselll ha aprobado la resolución por la que se convoca el procedimiento para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión, con carácter interino, de puestos reservados a personal funcionario de administración local de secretaría-intervención.
El director general de la Administración Local, Antoni Such, ha explicado que esta bolsa "quiere dar un servicio a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que sufren de una desprotección jurídica o económica al no tener ni secretarios ni interventores".
El Consell se comprometió en el reciente Seminario de Sagunto a crear esta bolsa de secretarios e interventores dentro de su política de refuerzo a los ayuntamientos. Such a destacado la apuesta municipalista del Consell que se inició con el fondo de cooperación local y se mantiene con esta bolsa o la ley de mancomunidades.
La medida está pensada para que la Generalitat pueda nombrar, a través de esta bolsa, a funcionarios interinos en los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana. Con ello se quiere ayudar a dar solución a los problemas en aspectos jurídicos que puedan tener los municipios.
El proceso está reservado a personas que hayan trabajado un año de secretarios, interinos o tesoreros en municipios de la Comunitat Valenciana o que hayan superado alguno de los ejercicios de las pruebas de acceso de secretaría-intervención o intervención-tesorería.
Las bases se encuentran en el DOCV 7997 del 10 de marzo de 2017.
Requisitos de los aspirantes
Para acceder a la bolsa de trabajo los aspirantes deberán haber superado alguno de los ejercicios de las pruebas de acceso a las subescalas de secretaría-intervención, secretaría categoría de entrada o intervención-tesorería categoría de entrada celebradas cinco años antes de la convocatoria de las bolsas. O Haber ejercido como funcionario interino designado por el órgano autonómico competente en plazas reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional al menos durante un año.
Para formar parte de la bolsa los aspirantes deberán poseer alguna de las siguientes titulaciones académicas: licenciatura en Derecho, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Sociología, en Administración y Dirección de Empresas, en Economía, en Ciencias Actuariales y Financieras o el título de grado correspondiente. Y poseer el certificado B1/elemental de conocimiento del valenciano correspondiente al marco europeo común de referencia para las lenguas.
Elaboración de la bolsa
Concluida la valoración de los aspirantes y el primer tramo del módulo formativo, el tribunal la elevará a la Dirección General de Administración Local para su aprobación y posterior publicación provisional en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana clasificando a los aspirantes por el orden de puntuación obtenido.
Una vez publicada la relación de aspirantes, los integrantes de la misma deberán aportar a la Dirección General de Administración Local, en el plazo de 15 días hábiles, la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada de la titulación académica exigida en la convocatoria, o certificación académica que acredite haber realizado los estudios necesarios para la obtención del título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
c) Domicilio a efectos de notificaciones, así como uno o varios teléfonos de contacto y, en su caso, correo electrónico.
Quienes no presenten la documentación establecida en este apartado en el plazo establecido o si de ella se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, quedarán excluidos de la bolsa de trabajo.
La Dirección General de Administración Local examinará y valorará dicha documentación y a la vista de la misma elaborará la bolsa de trabajo ordenada según la puntuación obtenida. La bolsa de trabajo será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Funcionamiento de la bolsa
Una vez aprobada y publicada la bolsa, su funcionamiento se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 154/2016, de 21 de octubre, por el que se regula el procedimiento de selección de funcionarios interinos y se crean las bolsas de trabajo para la provisión interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitación de carácter nacional