16 de noviembre de 2010

Sobre el abono de las sanciones de tráfico

DENUNCIAS POR INFRACCIÓN DE TRÁFICO DE ÁMBITO MUNICIPAL.

Pago de las denuncias:

Se pueden abonar:

• En las dependencias de la Policía Local, sitas en la Calle San Jaime, 17
• En BANCAJA, en la cuenta del Ayuntamiento nº 2077-0144-98-3100322374.

Si se pagan en las dependencias de la Policía Local el importe tendrá que ser exacto y de momento NO se admiten tarjetas de crédito.

Conformidad y pago de la multa con reducción 50% :

El importe de la multa fijada podrá hacerse efectivo con una reducción del 50% siempre que dicho pago se efectúe en el acto de la denuncia o durante los 20 días naturales siguientes a ésta notificación, de conformidad con el art. 74.3. de la LTSV.

De abonar el importe de la multa con la reducción del 50%, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa, con las siguientes consecuencias: la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, y la finalización de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago.

Recursos/Alegaciones de denuncias:

Disconformidad con la denuncia. Alegaciones.
De no haber pagado y estar en desacuerdo con la denuncia, dispondrá de un plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la notificación de ésta para formular alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes.

Se podrán presentar por escrito de alegaciones que, deberá ser registrado en el registro de entrada de este ayuntamiento, o a través de las ventanillas únicas de la Comunidad Autónoma o cualquier organismo oficial con este trámite se renuncia al 50% de descuento.


Sanción y ejecución.

Si el denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.

Las sanciones que tengan la calificación de GRAVES y no lleven aparejada detracción de puntos, una vez abonadas dentro del plazo voluntario (antes de los 20 días), NO figurarán en los antecedentes de tráfico (DGT)

Puntos a detraer.
Si efectúa el pago reducido de la multa, los pagos se detraerán al día siguiente del pago (art. 80 LSV). En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme (art. 88 LSV) Podrá consultar sus puntos en http://www.dgt.es/.



DENUNCIAS POR INFRACCIÓN DE TRÁFICO DE LA JEFATURA PROVICIAL DE TRÁFICO.

Se pueden pagar por giro postal o efectivo en cualquier jefatura de tráfico. También se podrá presentar un escrito de alegaciones dirigido a la jefatura provincial de tráfico correspondiente al lugar de la infracción.