29 de enero de 2017

El Consell aprueba el anteproyecto de Ley de Coordinación de Policías Locales




  • El Consell ha aprobado el anteproyecto de Ley de la Generalitat, de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
  • Se trata de un nuevo texto legal que actualizará la normativa vigente, la Ley 6/1999, insuficiente para satisfacer las demandas sociales actuales.
  • La nueva ley pretende dar cobertura a los nuevos retos de la sociedad valenciana y a unos nuevos paradigmas de seguridad pública.

Además, se trata de un nuevo marco normativo, cuyo principal objetivo es potenciar a las Policías Locales en el sistema de seguridad y resaltar su carácter preventivo y asistencial en la resolución de conflictos como Policía de proximidad que dé respuesta a las demandas de la ciudadanía.

Esta ley tiene por objeto establecer los criterios básicos para la coordinación de las Policías Locales en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

En concreto, pretende adecuar la formación, organización, dotación y actuación de las Policías Locales a los cometidos que tienen legalmente asignados en materia de seguridad pública; garantizar la homogeneidad de sus recursos personales, técnicos y materiales, así como mejorar su profesionalidad, eficacia y eficiencia.

Asimismo, la ley regula las funciones de coordinación y su ejercicio; los órganos de coordinación; la creación, estructura y organización de los Cuerpos de Policía Local; la selección, provisión y movilidad de los efectivos; la formación profesional y la capacitación de los efectivos; las situaciones administrativas, incluyendo la segunda actividad; y los derechos y deberes de los funcionarios y su régimen disciplinario.
Órganos de coordinación
En el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, ejercen las funciones de coordinación de Policía Local el Consell, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), la Comisión de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana y los Consejos Supramunicipales de Coordinación de Policías Locales, que se crean como órganos colegiados de consulta y asesoramiento de ámbitos territoriales con problemáticas comunes de seguridad en los que se integran representantes de la Agencia, de los ayuntamientos y de las Jefaturas de Policía.

Del mismo modo, se contemplan como órganos adscritos a la AVSRE, el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias de la Generalitat (IVASPE), el Observatorio de la Seguridad de la Comunitat Valenciana, el Gabinete Técnico y el nuevo Comité de Ética y Transparencia como órgano consultivo de control y supervisión de la actividad policial que resalte el prestigio profesional de las Policías Locales y las buenas prácticas en su actuación.
Observatorio de Seguridad de la Comunitat Valenciana
La ley impulsa el Observatorio de Seguridad de la Comunitat Valenciana como órgano en el que participan las distintas administraciones con competencia en seguridad en el territorio de la Comunitat, como órgano consultivo, deliberante, de análisis, estudio, asesoramiento y prosprectiva en materias relacionadas con la seguridad en sus múltiples vertientes.

Igualmente, se crea la figura del asociacionismo de municipios para prestar servicios de Policía Local y se contemplan los convenios de colaboración entre municipios para la prestación puntual de servicios.

El texto incluye el fomento de la incorporación de la mujer a los Cuerpos de Policía Local con la reserva de un 30% de las convocatorias, hasta que se consiga una composición equilibrada.

Asimismo, se contemplan los Planes de Igualdad para garantizar toda ausencia de discriminación directa o indirecta, por razón de sexo y, especialmente, las derivadas de la maternidad, asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
Se impulsa el IVASPE como centro de capacitación de policías locales
También se impulsa el IVASPE como ente responsable de la planificación y ejecución de la capacitación y formación de los Policías Locales y del personal de emergencias. Así, se le da un papel relevante en el proceso de selección de Policías mediante la realización de una nueva fase previa a la selección de funcionarios de Policía.

En concreto, consistirá en la superación de las pruebas físicas y psíquicas con carácter general para toda la Comunitat y con la realización de una fase previa de capacitación que se incorpora como novedad y que los candidatos a oposiciones de policía deberán superar antes de presentarse a las convocatorias de los ayuntamientos.

El IVASPE es el órgano referente que liderará la formación básica de la Policía Local, la permanente y los altos estudios profesionales que se incorporan en esta Ley, así como la homologación de los cursos realizados por otras entidades.

Por otro lado, se regula la figura del funcionario en prácticas mientras realiza el curso de formación del IVASPE, y se crea una nueva escala ejecutiva con la categoría de subinspector en poblaciones de entre 7.501 y 10.000 habitantes o que cuenten con una plantilla entre 10 y 15 funcionarios de Policía Local. La escala superior pasará a estar formada por comisario (actual intendente principal) y comisario principal (actual intendente general).
Régimen disciplinario
En el régimen disciplinario, se regula la responsabilidad disciplinaria, el catálogo de las infracciones y sanciones con su graduación, la prescripción de las faltas y de las sanciones, el procedimiento y los órganos.

Se crea como órgano especializado de colaboración con la Administración Local en la tarea de control de la legalidad de la actuación de los integrantes de los Cuerpos de Policía Local un comité de asuntos internos.

Además, se contempla la integración del personal interino en los ayuntamientos a través de procesos de consolidación de empleo temporal en el plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de la ley.

Por último, la Ley de Coordinación de Policías Locales sienta las bases para construir un futuro Cuerpo de Policía Autonómica aprovechando la experiencia de la coordinación de los Cuerpos de Policía Local.