22 de octubre de 2011

¿Conocemos las normas de circulación? (9): sobre la luz de freno y emergencia

A pesar de los avances en cuanto a la seguridad activa y pasiva de los vehículos, dispositivos que detectan obstáculos en la calzada, vehículos de serie que encienden sus luces de emergencia ante una frenada de emergencia; todavía, nuestra normativa contempla la posibilidad de utilizar los brazos para advertir un cambio de dirección o una brusca reducción de velocidad a los demás usuarios.
Claro, dicho así, parece exagerado pero no lo es ya que tenemos que entender que las advertencias con los brazos se aplicará sólo cuando nuestro vehículo no disponga de señales ópticas. También, si vamos en bicicleta, el uso de los brazos, como nos enseñaron en el colegio, nos servirá para advertir a los demás conductores de nuestra intención de cambiar de dirección. Pero no quiero despistaros.

Al hilo de las funciones que tiene el sistema de alumbrado de nuestro vehículo, hoy comentaré una función no menos importante además de las conocidas: ver y ser vistos. Se trata de la función de avisar o advertir. Por ejemplo, ¿cómo indicar, a los que nos siguen, nuestra intención de reducir la velocidad ante un peligro que tenemos delante sin riesgo de sufrir un alcance?, ¿me siguen?

Ya hablamos en este especial normas de circulación sobre alumbrado para referirnos a las luces de conducción diurna o LCD. Un avance, y aquí no exagero, que, hoy por hoy, no ha sido introducido en nuestra normativa. De hecho, y como no está desarrollado reglamentariamente, está dando lugar a utilizarse dicho dispositivo a gusto del consumidor, aunque entiendo que conducir un vehículo que lleva instaladas de fábrica estas luces, sería absurdo no utilizarlas.

Tampoco entiendo como sigue siendo opcional la instalación de la tercera luz de freno cuando ya todos los turismos la traen incorporada de fábrica. Pues bien, volviendo a las LCD, nos quedó claro que se trata de un dispositivo de iluminación instalado de serie para hacer más visible la presencia de nuestro vehículo mientras conducimos durante el día, cumpliéndose así una de las funciones sobre el uso del alumbrado.

Pero de nada sirve: ser visto, si no nos ven a tiempo. Por eso, para evitar una colisión por alcance no tenemos más remedio que avisar con nuestras luces de freno y emergencia de que nos situamos o estamos llegando a una cola de vehículos que van parándose tras aminorar la velocidad. Aunque muchos vehículos ya tienen incorporado de fábrica un sistema de detección de obstáculos, todavía no podemos olvidarnos de las retenciones esporádicas u ocasionales que se producen en nuestra red vial por imperativos del tráfico.

La luz de freno y la señal de emergencia son dispositivos de seguridad activa que sirven para avisar a los demás de nuestra intención de reducir la velocidad utilizando el freno de servicio y de advertir a los que nos siguen que hemos sufrido una avería. Hay mas ejemplos, pero vayamos por partes.

No podemos confundir la luz de frenado con la tercera luz de freno. La primera, son dos luces obligatorias de color rojo situadas detrás y en los bordes exteriores. Activada indica a los demás usuarios de la vía que circulan detrás del vehículo, que el conductor que va delante está accionado el freno de servicio. Sin embargo, la tercera luz de freno también de color roja situada en la parte posterior, a pesar de tener la misma función, es opcional. Y eso, que por su situación, en la parte posterior central del vehículo, es testigo directo de las colisiones por alcance.

A pesar de recordarnos el reglamento de que se deberá advertir con el uso reiterado de la luz de freno, cuando frenemos de modo considerable; pienso, que no sería lo más acertado sobre todo cuando el peligro es inminente, me explico. Dependiendo de la velocidad a la que se circula, tipo de frenos (ABS o convencionales), situación del pavimento y conservación del neumático son factores determinantes a la hora de poder utilizar con éxito el sistema de frenado. Si a todo lo dicho anteriormente, añadimos el tiempo que tardamos en accionar el pedal del freno y en activarse éste; está claro, que no es conveniente soltar el pedal del freno para después volverlo a pisar.

Ya sólo me queda hablar sobre la luz o señal de emergencia o lo que es lo mismo, el funcionamiento simultáneo de todas las luces indicadoras de dirección. Como bien saben son de color amarillo auto y sirven para advertir que el vehículo representa temporalmente un peligro para los demás usuarios de la vía. Se usa en autopistas y autovías, cuando hay una retención de tráfico, para avisar a conductores de esta circunstancia, en los traslados de urgencia con ocasión de utilizar un vehículo particular y también cuando por avería se circula a poca velocidad.

Para terminar, como se dice que la costumbre tiene fuerza de ley siempre que esa costumbre no vaya en contra de la ley, y siempre que no haya una ley que regule de forma específica la situación o hecho al que se quiere aplicar la costumbre, curiosamente hemos implantado una costumbre que aplicamos sobre todo en calzadas con más de un carril para el mismo sentido y que llamo de efecto “warning” que no es más que la utilización simultánea de los cuatro intermitentes. Pues bien, si utilizamos este efecto subsidiariamente con el sistema de frenado estamos cumpliendo la función de la luz de freno y emergencia: advertir el propósito de ser vistos.